Igualdad ante la ley y debido proceso.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna norma que establece la no intervención de Contraloría en asuntos sometidos al conocimiento de Tribunales de Justicia.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguidos ante la Corte de Concepción.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 6°, inciso tercero, de la Ley N° 10.336, sobre organización y atribuciones de la Contraloría General de la República.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “La Contraloría no intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia”.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguidos ante la Corte de Concepción, en los que la requirente interpuso dicho recurso, pues el ente contralor se abstiene de reconsiderar la resolución que desestima denuncia contra directora de liceo, por acoso laboral. La resolución recurrida lo hace argumentando un deber de abstinencia legal, según el artículo impugnado.
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