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Fuente: Emol
Edificio corte apelaciones San Miguel
Recurso de amparo acogido.

El amparado se encuentra habilitado para gozar de la libertad condicional porque está haciendo uso del beneficio de salida dominical y fue favorecido por el indulto conmutativo, a pesar de que el informe psicosocial integrado es negativo.

Se mantiene en su domicilio sin reproche respecto del cumplimiento de los requisitos de tales beneficios.

17 de agosto de 2020

La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la resolución apelada que le negó al condenado la libertad condicional atendido que el informe psicosocial integrado es negativo.
El fallo señala que el artículo 1 del Decreto Ley N°321, modificado por la Ley N°21.124, establece que la libertad condicional es un beneficio para la persona condenada a una pena privativa de libertad que demuestre, al momento de postular a ese beneficio, avances en su proceso de reinserción social. Agrega que el artículo 2 del mismo cuerpo normativo establece los requisitos que se deben cumplir para postular al mentado beneficio, a saber: 1) Haber cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, o los tiempos establecidos en los artículos 3°, 3° bis y 3° ter; 2) Haber observado conducta intachable durante el cumplimiento de la condena, siendo calificado con esta conducta la persona condenada que tenga nota muy buena en los cuatro bimestres anteriores a su postulación; y 3) Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos.
Enseguida, señala la Corte que se debe considerar que el condenado se encuentra haciendo uso del beneficio de salida dominical y particularmente del indulto conmutativo, manteniéndose en su domicilio sin reproche respecto del cumplimiento de los requisitos de tales beneficios, lo que permite concluir que el amparado se encuentra habilitado objetiva y subjetivamente para gozar de la libertad condicional sin perjuicio de que el informe psicosocial integrado es negativo.

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Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº318-20

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