Recurso de queja acogido.
Información solicitada a la Agencia Nacional de Inteligencia se encuentra cubierta por el deber de reserva previsto en el artículo 38 de la Ley N°19.974.
La develación de la misma podría comprometer las labores de inteligencia de la Agencia, a la vez que dificultar las tareas de contrainteligencia que le han sido encargadas.

La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto por la Agencia Nacional de Inteligencia en contra de los ministros que dictaron la sentencia que rechazó la reclamación y acogió parcialmente la solicitud de entrega de información.
El fallo señala que la revelación del número o cantidad de bases de datos que maneja la Agencia Nacional de Inteligencia supondría, indudablemente, un debilitamiento del rol esencial asignado al Sistema de Inteligencia del Estado, en tanto permitiría hacer públicos aspectos sensibles y relevantes de la labor que le ha sido encomendada, poniendo de manifiesto aspectos de su labor que podrían ser explotados en labores de contrainteligencia, pues podría permitir a un analista debidamente entrenado inferir debilidades, flaquezas o fragilidades de la labor realizada por la Agencia Nacional de Inteligencia.
Añade la sentencia que la información de que se trata, vale decir, el número o cantidad de bases de datos que maneja la Agencia, se encuentra cubierta por el deber de reserva previsto en el artículo 38 de la Ley N°19.974, desde que la develación de la misma podría comprometer las labores de inteligencia de la Agencia, a la vez que dificultar las tareas de contrainteligencia que le han sido encargadas, todo lo cual podría embarazar, embrollar e, incluso, malograr el cumplimiento de su labor de protección de la soberanía nacional, la seguridad del Estado y la defensa nacional, objetivos de su quehacer contemplados en los artículos 2 y 4 de la Ley N°19.974 y que, indudablemente, guardan estrecho vínculo con la "seguridad de la Nación" a que se refiere el artículo 8 de la Constitución.
Te puede interesar

En fallo dividido y con prevención.
CS acoge parcialmente reclamación y condena a empresas navieras por colusión en transporte de vehículos desde Asia.

Recurso de amparo acogido.
Corte de Concepción ordenó el traslado inmediato a la cárcel de Lebu del comunero Tomás Antihuén.

Se solicitó orden de no innovar.
Corte de Valparaíso admitió a trámite recurso de protección contra armas sonoras de Carabineros.

