En fallo unánime.
Corte de Coyhaique acoge recurso de protección y ordena mantener en el cargo a funcionario de Municipalidad de Lago Verde.
El Tribunal de alzada acogió el recurso y ordenó dejar sin efecto el decreto alcaldicio, dictado el 5 de junio pasado.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección presentado, en contra de la Municipalidad de Lago Verde por ordenar la invalidación de su nombramiento como director titular de Administración y Finanzas.
La sentencia indica que el Decreto N°455, de 5 de junio de 2020, antes referido y que ha sido objeto del presente recurso, invalida el ‘acto administrativo decreto alcaldicio N°1.351 de 2019, que modifica las Bases del concurso público para proveer el cargo de planta de director de Administración y Finanzas…’; y no invalida el Decreto N°14, dictado con fecha 6 de enero de 2020, por la misma Municipalidad, por el cual nombra como director de Administración y Finanzas al recurrente, como erradamente sostiene este último.
La resolución agrega que, de estos antecedentes no consta que la recurrida haya dictado el Decreto N°455, cuestionado por este recurso, en el contexto de un proceso invalidatorio previa audiencia del interesado, ya que detentando el recurrente esta última calidad -al ser beneficiado con la designación en el cargo concursado, al modificarse las Bases reduciendo el puntaje mínimo para ser considerado postulante idóneo- necesariamente tenía el derecho a ser oído con anticipación a la decisión que eventualmente podía perjudicar sus intereses, lo que no ocurrió en concreto, de tal modo que el referido acto resulta no solo ilegal por contravención expresa de la norma legal antes transcrita, sino que también surge del todo arbitrario, dado que no se prestó oídos a las argumentaciones del afectado ni menos fueron consideradas en la decisión de invalidación que se conoce, de tal modo que este decreto carece de motivación razonada y suficiente.
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