Con dos votos en contra.
CS revocó fallo y rechazó amparo en contra de Gendarmería que sancionó y trasladó de penal a internos conflictivos.
Los amparados señalan que el recurrido incumplió los requisitos establecidos por ley para sancionarlos.

En decisión unánime, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogía el recurso de amparo deducido por reos rematados en contra de Gendarmería de Chile y lo rechazó.
Los amparados señalan que cumplen condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, y que se les ha impuesto sanción disciplinaria vulnerando lo dispuesto en el artículo 87 inciso 1° del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, al omitirse la autorización judicial previa. También denuncian que su traslado a un establecimiento penitenciario especial, esto es, a la Unidad Especial de Alta Seguridad se ha dispuesto sin notificación previa, incumpliendo lo dispuesto en el artículo 28 inciso 6° del mismo Reglamento. Aducen que el traslado supone un agravamiento en las condiciones en que cumplen los reclusos con su privación de libertad, al quedar sujetos a un régimen de internación especial, en materia de visitas, de postulación a beneficios penitenciarios, y de acceso a una oferta técnica más variada de taller y escuela.
El recurrido informó que los amparados constantemente están involucrados en agresiones, alteraciones al régimen interno, riñas y conflictos que se generan entre bandas rivales, por el control de las dependencias del penal. Ante ello, el Alcaide del Centro Penitenciario Colina II, solicitó sanción disciplinaria a los amparados al Juzgado de Garantía de Colina. Además, al trasladarlos a otro recinto penal se ha velado por el resguardo de su integridad física y psicológica, evitando así generar un conflicto mayor entre los reclusos e internos pertenecientes a bandas rivales.
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