Fraude bancario.
CS confirmó fallo que rechazó acción de protección deducida en contra de Banco Santander por no eliminar cargos realizados fraudulentamente en cuenta corriente de recurrente.
Recurso perdió oportunidad por la desaparición del hecho que lo motiva.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó una acción de protección deducida en contra del Banco Santander por no restituir fondos sustraídos fraudulentamente.
El recurrente expuso en su libelo que recibió un llamado telefónico de un supuesto agente bancario que le solicitó corroborar algunos datos personales, llamada le pareció sospechosa, por ello, se comunicó con el Banco para boquear los productos bancarios, sin embargo, le informaron que tiene siete cargos en su cuenta por la suma de $11.606.400, tras ello, activó el seguro asociado y solicitó la restitución de la suma, lo que fue rechazado por el banco. Estima que el fraude solo se materializó por negligencia de la Institución financiera pues el recurrido no adoptó ninguna medida de precaución frente a siete transacciones sucesivas en una ciudad en la que él no reside.
El banco evacúo su informe y alegó que la acción deducida no es la vía idónea para satisfacer la pretensión del recurrente. Asimismo, señaló que el fraude se cometió por la falta al deber de cuidado del actor, quien entregó voluntariamente sus datos.
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