Procedencia de Consulta Indígena.
Tercer Tribunal Ambiental escucha alegatos de fondo de reclamación contra calificación favorable de Parque Eólico en La Araucanía.
Conformaron el Tribunal el Ministro Hunter, la Ministra Villalobos, y el Ministro Suplente Retamal.

En audiencia celebrada ante el Tercer Tribunal Ambiental, se llevaron a cabo los alegatos de fondo de una reclamación deducida por una Comunidad indígena en La Araucanía en contra de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de la Región de La Araucanía, por el rechazo de una solicitud de invalidación presentada por los reclamantes en contra de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Parque Eólico Vergara”, que se busca construir en la comuna de Renaico.
Los reclamantes alegan que la comunidad indígena tiene legitimación activa para presentar la reclamación, ya que previamente solicitó la invalidación administrativa de la RCA y además es directamente afectada por dicha resolución. Ello, ya que el Proyecto afecta directamente a un área ceremonial indígena, lo que había sido manifestado por la CONADI durante el proceso de evaluación ambiental, pero el SEA no decretó un Proceso de Consulta Indígena (PCI).
Además, arguyen que la descripción del Área de Influencia (AI) del proyecto no se encuentra debidamente detallada en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). El Titular ubica a la comunidad a una distancia de 4 a 10 kilómetros del proyecto, mientras que la CONADI la ubica a 2,5 kilómetros.
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