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En fallo unánime.

Corte de Arica rechaza recurso de protección por confinamiento de mayor de 75 años debido a la pandemia de Covid-19.

El Tribunal de alzada rechazó la acción constitucional deducida, tras establecer que la resolución exenta impugnada quedó sin efecto el 2 de septiembre pasado.

7 de septiembre de 2020

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de protección presentado en contra del ministro de Salud Pública, Enrique Paris Mancilla, imponer el confinamiento de mayores de 75 años debido a la pandemia de Covid-19.
La sentencia, Rol Nº1.001-2020, indica que, el asunto sometido a la decisión de esta Corte y que se indicaba como acto arbitrario o ilegal que privaba, perturbaba o amenazaba las garantías constitucionales consagradas en los numerales 1 y 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, fue precisamente el numeral 5 de la Resolución Exenta Nº 591, que contenía las restricciones respecto de los mayores de 75 años, y que según la documentación aportada por la recurrida se ha dejado sin efecto por el propio Ministerio.
La resolución agrega que, actualmente el recurso ha perdido oportunidad, pues el numeral 5 desde el 2 de septiembre de 2020 ha quedado sin efecto y eliminado de la Resolución Exenta, de modo que no existe ya el acto que se imputó como arbitrario e ilegal ni la vulneración de las garantías denunciadas por lo que el presente arbitrio deberá ser necesariamente rechazado.
Por tanto, se resuelve que se rechaza el recurso de protección deducido, en contra del Ministro de Salud.

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