Certificado de acuerdo.
TC llevó a cabo vista de causa de inaplicabilidad que impugna norma del CPC que restringe recurso de casación en la forma, lo que vulneraría la igualdad ante la ley y el debido proceso.
Se adoptó acuerdo en la causa, quedando en estado de sentencia, designándose como redactores a los Ministros Fernández y Pica.

En audiencia celebrada ante el Pleno del Tribunal Constitucional, se escucharon los alegatos de fondo de las partes de un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugna el artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil.
La gestión pendiente incide en autos voluntarios, seguidos ante el Vigesimotercer Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de casación en la forma y apelación, en los que la empresa requirente busca hacer efectivo su derecho como arrendataria a recibir una indemnización de perjuicios por el daño patrimonial efectivamente causado por la expropiación del bien raíz, arrendado por el Banco Estado.
Se anunciaron para alegar, por la parte requirente, el Abogado Federico Allendes Silva; y en representación del CDE, el Abogado Rodrigo Torres Ramírez.
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