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Moción.

Continúa votación en particular en la Cámara de Diputados de proyecto sobre educación sexual desde la primera infancia.

Se busca regular la educación en materia de sexualidad, afectividad y género, así como el rol del Ministerio de Educación en este ámbito.

8 de septiembre de 2020

La Comisión de Educación continuó con la votación del articulado del proyecto de ley que establece normas generales en materia de educación sobre afectividad, sexualidad y género para los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, que se encuentra en primer trámite constitucional. El texto del proyecto corresponde al Boletín N°12955-04 refundido con los boletines 11710-04, 12542-04, 12593-04, y fue presentado por los diputados Ascencio, Bellolio, Castillo, Fernández, González, Jiles, Mirosevic, Mix, Rojas y Torres.
La moción propone establecer un marco normativo general en materia de educación sexual y afectiva, entendiendo que se trata de un derecho humano cuyo titular son los niños, niñas y adolescentes. Así, impone la obligatoriedad de la misma a partir la educación parvularia, los principios rectores, objetivos y los contenidos mínimos, actualizando la normativa actual con los estándares internacionales de los derechos humanos, y traslada su regulación desde el ámbito de la salud al de educación.
Con el fin de cumplir estos objetivos, se propone que desde el primer nivel de transición de educación parvularia hasta el cuarto año de Educación Básica, el foco esté en la afectividad, el autocuidado, el autoconocimiento y la prevención del abuso sexual infantil. A partir del quinto año de Educación Básica, o su equivalente, que se aborden aspectos biológicos, socioculturales, psicosociales de la sexualidad y temáticas encaminadas a la prevención de las Infecciones de Transmisión Sexual, del embarazo adolescente y el abuso sexual; la violencia y el maltrato, el respeto por la diversidad y la no discriminación respecto de la orientación sexual e identidad de género, así como los diversos métodos anticonceptivos existentes y autorizados en Chile, entre otros, de acuerdo a cada ciclo educativo.
El Ministerio de Educación ejercerá un papel importante, señala la Moción, ya que incorporará los objetivos de Aprendizaje Transversal a las Bases Curriculares y Objetivos de Aprendizaje a las asignaturas ya existentes, incluyendo propósitos explícitos y enfoques de las asignaturas orientadas a la educación en sexualidad, afectividad y género, de forma de transmitir información oportuna, objetiva y el desarrollo de conocimientos pertinentes, precisos, confiables y actualizados sobre los distintos aspectos involucrados en la educación en sexualidad y afectividad. La iniciativa busca también prevenir la violencia de género y el abuso sexual infantil; infecciones de transmisión sexual y los embarazos no programados, y fomentar el respeto por la diversidad y la no discriminación, especialmente basada en el sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género y el desarrollo de una sexualidad libre, informada y responsable, en conformidad a su edad y desarrollo progresivo.
Finalmente, establece la obligación de contar con los certificados de idoneidad, de antecedentes y el de inhabilidad para trabajar con niños, niñas y adolescentes y otros relacionados; y los antecedentes profesionales, que demuestren las competencias de quiénes impartan los programas, asignaturas, contenidos, talleres o cualquier actividad conexa generada en el marco de esta ley, según la edad, nivel de desarrollo y grado de madurez de los niños, niñas y adolescentes, para cada nivel educativo.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en discusión en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro de los Boletines Nº12027-07, 11710-04, 12542-04 y 12593-04.

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