En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió demanda de empresa hotelera contra exgerente de administración y finanzas, quien realizó transferencias fraudulentas desde la cuenta corriente del conglomerado.
El Tribunal de alzada confirmó íntegramente la sentencia impugnada, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda presentada por la empresa hotelera Noi Hotels S.A. en contra de exgerente de administración y finanzas, quien realizó transferencias fraudulentas desde la cuenta corriente del conglomerado por un monto total de $121.341.723 a cuentas bancarias de su cónyuge e hijos.
La sentencia indica que compartiendo los argumentos de primera instancia, se confirman la resolución apelada de veintidós de octubre de dos mil dieciocho y sentencia definitiva de siete de junio de dos mil diecinueve, dictadas por el 8° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-28781-2018.
El fallo de primera instancia ratificado, dio por establecidos los siguientes hechos: Que el demando prestó servicios en calidad de Gerente de Administración y Finanzas para el conglomerado Noi Hotels S.A. Que de la cuenta corriente del Banco de Chile, perteneciente a Noi Hotels S.A. el demandado realizó transferencias por un monto total de $121.341.723 a cónyuge e hijos. Que ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en la causa RUC 1610036891-2, Rit 11359-2016, siguió una investigación por el delito de estafa, en contra de los hoy demandados en esta causa, estableciéndose la suspensión condicional del procedimiento a favor de cónyuge por dos años, con firma mensual, y con la obligación de pagar a la víctima la suma de $5.000.000; de hija, por dos años, con firma mensual y obligándose a pagar la suma de $7.200.000 y respecto de hijo, se estableció por un año de firma mensual. Por último en relación a don Fernando Castellanos Bissieres, se le condenó a la pena de 817 días de presidio menor en su grado medio en calidad de autor del delito de estafa en grado de consumado.
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