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¿Extinción de la responsabilidad penal?

CS de Nueva Zelanda reconoce que el derecho de acceso a la justicia sobrevive a la persona.

La decisión del Tribunal Supremo incide en causa penal en que el recurrente fue condenado por distintos delitos de violación a siete niños.

12 de septiembre de 2020

La Corte Suprema de Nueva Zelanda ha determinado que el derecho de acceso a la justicia sobrevive al actor que ha dado inicio a un proceso, a pesar de su muerte.

La decisión del Tribunal Supremo incide en causa penal en que el recurrente fue condenado por distintos delitos de violación a siete niños. Respecto de esta decisión condenatoria, la imputado decidió presentar una apelación, sin embargo, el actor falleció, por lo que la Corte se encontraba en situación de decidir si el recurso de apelación debía continuar su debida tramitación a pesar de la muerte del condenado.

La Corte Suprema neozelandesa expresa, en el comunicado de prensa, que ha decidido que el proceso de apelación debe continuar a pesar de la muerte del recurrente. Además, señala que las consideraciones y argumentaciones de esta decisión se darán a conocer cuando se evacúe la respectiva sentencia, en donde se abordará las cuestiones planteadas en los alegatos de fondo conocidos por el Tribunal.

Vea texto íntegro del comunicado de prensa de la decisión SC 49/2019.

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