En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma multa a sanitaria por falta de mantención de redes de distribución de agua potable que provocó la rotura de cañería en sector residencial de Arica.
El Tribunal de alzada ratificó con costas la sentencia impugnada, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago, que rechazó el reclamo deducido por la empresa en contra de la sanción.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 20 UTM aplicada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios a la empresa Aguas del Altiplano S.A. por la falta de mantención de redes de distribución que provocó la rotura de cañería en sector residencial de Arica, en 2015.
La sentencia indica que, esta Corte comparte íntegramente los argumentos de la sentencia en alzada, en particular lo sostenido en sus acápites 5° y 6°, agregando a fin de cumplir con la prescripción de motivar la decisión de confirmar la sentencia en este punto, sólo algunos razonamientos respecto de la pretensión desechada.
La resolución agrega que, lo pedido por la actora, apunta a la declaración del denominado decaimiento del procedimiento administrativo al haberse infringido el artículo 27 de la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos, que prescribe que ‘el procedimiento administrativo no podrá exceder de 6 meses, desde su iniciación y hasta la fecha en que se emita la decisión final‘, norma subsidiaria a la Ley N°18.902 que regula la tramitación del procedimiento administrativo sancionatorio instruido por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que no contempló término alguno para su inicio y término.
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