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Se vulneró el derecho a la igualdad ante la ley.

Corte Interamericana de Derechos Humanos condena a Argentina por detención ilegal, arbitraria y discriminatoria.

La policía detuvo a una pareja de hermanos basándose exclusivamente en su apariencia.

8 de octubre de 2020

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó a Argentina por la violación de los derechos a la libertad personal, protección de la honra y de la dignidad, y a las garantías judiciales, protección judicial, así como del derecho a la igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación de dos hermanos.

El caso se relaciona con las detenciones ilegales y arbitrarias que sufrieron una pareja de hermanos por parte de la policía argentina, así como por la falta de un adecuado control por parte de las autoridades judiciales que conocieron de sus casos. La Corte consideró que el derecho a la libertad personal se vio afectado pues la presunta “actitud sospechosa”, que motivó la interceptación del vehículo en que viajaban, no era un supuesto previsto por la ley que habilitara su detención sin orden judicial, incumpliéndose los requisitos de legalidad de la detención. Por lo que concluye que existió la violación a los artículos 7.1 y 7.2 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, que aseguran el derecho a la libertad personal, en relación con el artículo 1.1 sobre la obligación de respetar los derechos del mismo instrumento.

En relación a los derechos de libertad personal, igualdad ante la ley y la prohibición de discriminación de los artículos 7.1, 7.2, 7.3 y 24, estos se vieron afectados por la detención con fines de identificación de la que fueron objeto, ya que no existían elementos objetivos que motivaran su detención, así como la aplicación de estereotipos sobre su apariencia, constituyeron un incumplimiento del requisito de legalidad, un acto de arbitrariedad y una actuación discriminatoria.

La Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado Argentino, entre las que destacan que el vecino país deberá adecuar su ordenamiento interno de forma tal que se evite la arbitrariedad en los supuestos de detención, requisa corporal o registro de un vehículo; luego deberá implementar un plan de capacitación de los cuerpos policiales de la Provincia de Buenos Aires y de la Policía Federal Argentina, el Ministerio Público y el Poder Judicial, incluyendo información sobre la prohibición de fundamentar las detenciones sobre fórmulas dogmáticas y estereotipadas y, por último, deberá producir de estadísticas oficiales respecto a la actuación de las Fuerzas de Seguridad en materia de detenciones, registros y requisas

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Fernández Prieto y Tumbeiro C. Argentina.

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