Noticias

Imagen: AFP de Chile
Moción

Proyecto de reforma constitucional garantiza la protección de los fondos de pensiones.

Los ahorros previsionales de los afiliados se establecen como bienes inembargables e inexpropiables.

16 de octubre de 2020

La Moción, patrocinada por los Senadores Francisco Chahuán y Rafael Prohens, propone dar la protección de los ahorros previsionales de los afiliados como bienes inembargables e inexpropiables.

El proyecto señala que recientemente el Estado, por medio de una reforma constitucional ha permitido por única vez y de forma excepcional, que los afiliados puedan retirar de forma urgente los fondos de sus ahorros previsionales, situación que se da particularmente porque el sistema de pensiones se basa en la propiedad de estos recursos administrados conforme al Decreto ley 3.500. El sistema de pensiones ha sido fuertemente criticado, ya que ciertos aspectos solidarios del sistema deben fortalecerse, para que el monto de las pensiones sean justas y adecuadas para mantener la calidad de vida de las personas llegado el momento de la jubilación. Ante esta situación, se expone que han surgido sectores que buscan la nacionalización de los fondos de pensiones, por lo que debe fortalecerse el derecho a propiedad de los afiliados para evitar que se realice tal expropiación.

En concreto, la iniciativa propone agregar un inciso final a la norma trigésima novena transitoria de la Constitución, del siguiente tenor: “Los ahorros obligatorios y voluntarios contenidos en las cuentas personales del sistema de pensiones son de propiedad de cada uno de los afiliados, estos serán inembargables e inexpropiables. El Estado y ninguna persona, sea natural o jurídica, especialmente las entidades a cargo de la administración de los fondos regulados en el Decreto Ley 3.500 de 1980, podrán realizar acción alguna para apropiarse de dichos fondos o darles un fin diferente al de financiar las futuras pensiones del afiliado.”.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº13836-07.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

  1. Nuestros fondos de pensiones deben ser portegidos y no podemos permitir que dejen de ser inembargables e inexpropiables. La ley debe seguir protegiéndonos, no podemos permitir que nuestros fondos de capitalización individual sean manoseados por la clase política.

    1. Y además hay que agregar que no pueden ser nacionalizados, como se pretende hacer desde el congreso por la senadora Yasna Provoste.