Noticias

Temas públicos.

“Convención Mixta Constitucional a la Cancha”, es el título de una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo.

La Convención Mixta Constitucional contribuye a fortalecer la institucionalidad democrática permanente, al reconocerle un rol relevante al Congreso Nacional en la elaboración de una eventual nueva Constitución, rol que, por cierto, tiene actualmente en los procedimientos de reforma constitucional.

17 de octubre de 2020

En una publicación del Instituto Libertad y Desarrollo, titulada “Convención Mixta Constitucional a la Cancha”, se analizan los escenarios electorales de los convencionales parlamentarios y del mapa definido para la elección de los 86 convencionales no parlamentarios, en el que se concluye que la modalidad de Convención Mixta Constitucional combina adecuadamente dos características relevantes y necesarias en este proceso: la representatividad -desde que el actual Parlamento fue electo con las nuevas reglas del sistema proporcional en que se privilegió la representatividad por sobre otros bienes jurídicos en juego- y la moderación necesaria para alcanzar acuerdos.

Añade el estudio que,  la Convención Mixta Constitucional contribuye a fortalecer la institucionalidad democrática permanente, al reconocerle un rol relevante al Congreso Nacional en la elaboración de una eventual nueva Constitución, rol que, por cierto, tiene actualmente en los procedimientos de reforma constitucional.

Asimismo, contribuye a reducir incertidumbres asociadas a la probabilidad de conflicto que puede surgir entre el parlamento y la Convención Constituyente o con las reglas impuestas por el parlamento a la Convención en la reforma constitucional aprobada. Los integrantes parlamentarios electos por el Congreso y en representación del Congreso, lo que incluye diputados y senadores, lo serán especialmente a estos efectos y pueden contribuir con su experiencia y conocimientos al diseño de las reglas de procedimiento y votación en la Convención y en la negociación para alcanzar los acuerdos, lo que no debe despreciarse. Lo anterior, además, del menor costo fiscal total que representa la fórmula de la Convención Mixta Constitucional, toda vez que el Fisco deberá solventar, como costo adicional, el de 86 convencionales constituyentes y no el de 155.

El estudio hace además una proyección de la elección de los 86 convencionales parlamentarios, en que el oficialismo elegiría entre 39 y 40 convencionales parlamentarios (45,3% y 46,5%), dependiendo de si los partidos de oposición presentan una o dos listas de candidatos, mientras que el segundo pacto electoral con más convencionales parlamentarios sería el bloque PS+PPD+PR+DC, con 31 (36,1%) convencionales electos.

Agrega la publicación que el sistema establecido para la elección de los 86 convencionales no parlamentarios define varios distritos donde se eligen dos convencionales y la gran mayoría del total de los distritos tiene un número par de escaños a elegir. Estas condiciones favorecen electoralmente -se afirma- a fuerzas más moderadas en la integración a la convención constitucional, cuestión que es valiosa desde el punto de vista del objetivo de una eventual convención, que es llegar a acuerdos que requerirán altos quórums para ser adoptados.

 

Vea texto íntegro del documento

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *