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Imagen: latercera.com
Planta nuclear de Fukushima
Terremoto y tsunami de 2011.

Tribunal confirma fallo que ordena al Estado de Japón el pago de indemnización a víctimas del accidente nuclear de Fukushima.

La Corte Superior de Sendai determinó una indemnización de US$ 9.5 millones a los sobrevivientes del accidente nuclear de 2011.

21 de octubre de 2020

Un Tribunal de Apelación japonés confirmó una sentencia sobre indemnización de perjuicios, ordenando al Estado y al operador de la planta nuclear en Fukushima pagar alrededor de 9.5 millones de dólares en daños a los sobrevivientes de la crisis. Cabe destacar que es primera vez que un tribunal de alzada responsabiliza al Estado por el desastre nuclear de 2011.

Los demandantes habrían solicitado, en lo que interesa, una compensación mensual de 475 dólares por persona, hasta que la radiación en sus hogares vuelva a niveles presentados antes de la crisis.

El Gobierno japonés argumentó que no era posible prevenir el tsunami o el accidente nuclear que fue su consecuencia. Mientras que, la compañía alegó que ya ha pagado todas las indemnizaciones ordenadas por el Estado

La decisión incide en una demanda presentada por los sobrevivientes que fue acogida por un juez de primera instancia ordenando pagar al Gobierno y la Compañía de Energía Eléctrica de Tokio (Tepco) una suma mucho menor que lo declarado por el Tribunal Superior, a unos 2.900 demandantes; en tanto el gobierno central sólo era responsable solidario en la causa.

Según la sentencia, es necesario compensar a 3.550 demandantes, entre evacuados y residentes de la prefectura de Fukushima y lugares aledaños donde no se emitieron órdenes de evacuación, ampliando la gama de demandantes que podrán recibir la compensación. También, determinó que el gobierno central tenía la misma culpa que el operador de la planta, por no tomar medidas de resguardo contra tsunamis, toda vez que ambos tenían conocimiento, en razón de una evaluación publicada por el Ministerio de Ciencias en 2002, la probabilidad de grandes terremotos en la zona, con específica mención de que la prefectura de Fukushima podría verse afectada por un eventual tsunami. En específico, considera que la evaluación era un hallazgo científico de considerables fundamentos objetivos y racionales, y si el Ministro de Economía de la época hubiera ordenado inmediatamente a TEPCO un estudio complementario al respecto, habría conocido un pronóstico que lo llevara a tomar medidas de seguridad.

De esta manera, el Tribunal Superior de Sendai determinó que el Gobierno tiene el mismo grado de responsabilidad que el operador. Tanto éste como TEPCO evitaron hacer cálculos de probabilidades de tsunami, porque temían las consecuencias o efectos que surgirían al tomar medidas urgentes. Por tanto, la autoridad fiscalizadora no cumplió con el rol que de ella se espera y no ejercer sus facultades regulatorias e interventoras fue un incumplimiento legal, especialmente habilitante en materia de responsabilidad administrativa.

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