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TC Federal alemán
Por infundada.

TC Federal alemán rechaza solicitud de medida provisional de suspender aplicación de ley que implementa medidas de seguridad por la pandemia.

La decisión de esta Magistratura incide en una causa en que los solicitantes deseaban pasar sus vacaciones de invierno en un departamento arrendado fuera de la ciudad donde residen permanentemente.

2 de noviembre de 2020

La Corte Constitucional Federal de Alemania rechazó una solicitud de medida provisional, con el objetivo de suspender la aplicación de una ley que implemente medidas sanitarias y de seguridad para frenar la propagación del Covid-19. En específico, se solicita suspender aquella norma que impone condiciones estrictas para permitir el alojamiento en hoteles.

La decisión de esta Magistratura incide en una causa en que los solicitantes deseaban pasar sus vacaciones de invierno en un departamento arrendado fuera de la ciudad donde residen permanentemente. En su presentación, se oponen a la “prohibición de alojamiento” regulada por un Ordenanza estatal para combatir el Covid-19 (Schleswig-Holstein SARS-Cov-2). Ésta, dispone que ser encuentra prohibido el alojamiento con fines turísticos a aquellas personas que hayan estado, en los últimos 14 días, en la que la tasa de infección por coronavirus sea superior a 50 de cada 100.000 testeos en 7 días. Sin embargo, se excepciona esta prohibición, si se confirma por escrito el resultado negativo del test, por médico tratante.

Por su parte, la Corte señaló que, la solicitud no se encuentra debidamente justificada. Los demandantes no abordan en profundidad el reglamento impugnado, ni cualquier decisión judicial sobre las normas. En particular, no alegan debidamente la existencia de motivos fundados para suspender temporalmente esta prohibición de alojamiento y si es posible poner en duda la legalidad formal o material de la ordenanza. Se ignora por completo si otras regiones han implementado medidas diferentes, menos “vulneratorias”, para combatir el riesgo de infección.

De hecho, afirma la sentencia, en principio, la prohibición de alojamiento provoca graves injerencias en los derechos fundamentales de las personas, sin embargo éstas pueden justificarse si son proporcionadas.  En este sentido, la norma otorga a los solicitantes la posibilidad de someterse a un test para poder pasar las vacaciones en la región, lo cual es una carga menor en contraste con una prohibición general de ingreso o de vacaciones, pero la solicitud no dirige sus argumentos a este punto. Por lo tanto, sobre este respecto tampoco han explicado por qué no sería posible someterse a un test de infección por coronavirus en tiempo oportuno y de manera razonable.

Finalmente, el TC alemán explica que, en este caso, también deben tenerse en cuenta los intereses de los propios establecimientos de alojamiento, ya que se encuentran igualmente protegidos por la Constitución. De hecho, en este contexto, ellos se ven sometidos a más cargas que los solicitantes. No obstante ello, sólo hubiera sido posible un pronunciamiento constitucional si los demandantes hubieran fundamentado suficientemente cómo la Ordenanza vulnera sus derechos, sin embargo, incluso en ello falla el libelo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia (en alemán).

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