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Comisión de Ética de la Cámara de Diputados aprueba “Instructivo para declaraciones en medios de comunicación y redes sociales”.

Conforme durante el último tiempo diversos parlamentarios han caído en insultos, burlas y difusión de fake news.

4 de noviembre de 2020

La Comisión de Ética de la Cámara de Diputados, compuesta por las Diputadas María José Hoffmann, Karin Luck y Maite Orsini, en conjunto a los Diputados Bernardo Berger, Juan Luis Castro, Patricio Melero, Pablo Prieto, Víctor Torres y Esteban Velásquez, aprobó de forma unánime el “Instructivo que establece criterios para declaraciones en medios de comunicación y redes sociales de forma respetuosa con los deberes éticos parlamentarios”.

El instructivo señala que parte de las funciones de los Diputados y Diputadas es el informar y plantear la opinión de cada uno en medios de comunicación y redes sociales, los que permiten dar a conocer su labor parlamentaria, plantear su posición respecto de diversos temas propios de la contingencia, etc. En este marco, cada diputada y diputado es libre de escoger el canal de comunicación que estime adecuado para conectarse con la ciudadanía y de ejercer, a través de estos, su legítimo derecho de libertad de expresión.

Indica que la ética parlamentaria, en tanto los deberes del artículo 346 del Reglamento de la Corporación, son inmanentes al ejercicio de la función parlamentaria y, por ende, han de aplicarse durante todo el mandato parlamentario; y han de proyectarse en todas y cada una de las actividades que las diputadas y diputados realicen dentro y fuera del Congreso Nacional. Es decir, la conducta que se tenga en medios de comunicación y en redes sociales está también sujeta al cumplimiento de los deberes éticos parlamentarios, en tanto estos medios representan un nuevo canal de comunicación en donde igualmente se ejerce la investidura del cargo.

Por ello, y conforme la reiteración de casos que se fundamentan en declaraciones de parlamentarios a medios de comunicación o en redes sociales, la Comisión consideró necesario instruir criterios con el objeto de asegurar una actuación conforme a los deberes éticos parlamentarios.

Entre los criterios establecidos, se llama a hacer un uso responsable de los medios de comunicación y las redes sociales, incluyendo las cuentas individuales de cada diputado, como las cuentas oficiales de sus equipos parlamentarios o de las respectivas bancadas, propiciando un sano ejercicio de la libertad de expresión y un correcto y responsable ejercicio de la investidura de parlamentario.

Los diputados y diputadas deberán respetar los límites que se reconocen al derecho de libertad de expresión bajo los estándares de derechos humanos, incluyendo el respeto de los derechos de los demás; la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud y la moral pública; y la prohibición de mensajes que sirvan como propaganda en favor de la guerra y mensajes de apología o incitación al odio nacional, racial, religioso u otro. Asimismo, deben evitar aquellas declaraciones o comentarios que no contribuyen al diálogo o al sano debate de ideas sobre determinadas materias, como es el caso tratándose de mensajes que se limitan al uso de burlas, sarcasmos o ironías; y tener especial cuidado con mensajes que puedan resultar confusos o que den pie a malos entendidos en la ciudadanía o la opinión pública, más aún cuando se utilicen redes sociales que limitan la extensión de estos mensajes. Finalmente, deberán verificar previamente las fuentes fidedignas de las noticias que se difundan, con el objeto de evitar la propagación de noticias falsas o fake news

En caso que no se cumpla con lo señalado en el Instructivo, la Comisión podrá evaluar los antecedentes para determinar si se configuró una infracción a los deberes éticos parlamentarios señalados en el artículo 346 N° 3 del Reglamento de la Cámara de Diputados, pudiendo imponer las sanciones disciplinarias que a este respecto corresponden.

 

Vea texto íntegro del Instructivo de la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputadas y Diputados que establece criterios para declaraciones en medios de comunicación y redes sociales de forma respetuosa con los deberes éticos parlamentarios.

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