Diario Constitucional

Opinión.

«Reelección congresal y elecciones generales 2021», por Rafael Rodríguez Campos, artículo publicado por La Ley (Perú).

El autor desarrolla los aspectos más relevantes de la Resolución N° 0352-2020-JNE, mediante la cual se establece quiénes no podrán postular al Congreso de la República en las Elecciones Generales 2021.

Por Redacción·14 de noviembre de 2020·7 min de lectura
Imagen: www.notimerica.com
Referencial

En una reciente publicación de la La Ley de Perú se da a conocer el artículo «Reelección congresal y elecciones generales 2021», por Rafael Rodríguez Campos (*).

Sostiene que con fecha 14 de octubre de 2020, mediante la Resolución N° 0352-2020-JNE, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso por mayoría (magistrados Ticona Postigo, Sanjinez Salazar y Rodríguez Vélez) que no podrán postular al Congreso de la República en las Elecciones Generales 2021: 1) Los congresistas elegidos en el 2016 que formaron parte del Congreso disuelto en setiembre del 2019; 2) Los congresistas elegidos en el 2016 que formaron parte del Congreso disuelto en septiembre de 2019 y que fueron reelectos en el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; y 3) Los congresistas elegidos en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 para completar el periodo del Congreso disuelto.

Al respecto, considera necesario -por la importancia que el caso presenta- dar a conocer las partes más importantes de la mencionada Resolución. Previamente es importante señalar que la misma guarda relación y consolida la línea jurisprudencial marcada por el JNE en anteriores oportunidades: Resolución N.° 187-2019-JNE (reelección de los congresistas elegidos para el periodo 2016-2021 en el Congreso Extraordinario 2020-2021) y Resolución N.° 442-2018-JNE (reelección de gobernadores, vicegobernadores y alcaldes), respectivamente.

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