Noticias

Milicia de Curicica.

Supremo Tribunal Federal de Brasil mantuvo prisión preventiva de expolicía militar acusado de ser parte de una organización criminal en Río de Janeiro.

La defensa alegó que el mantenimiento de la custodia viola el principio de duración razonable del proceso y que no existe ningún elemento objetivo y concreto que demuestre el riesgo del imputado para el orden público o la garantía de aplicación del derecho penal.

16 de noviembre de 2020

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil mantuvo la prisión preventiva del ex policía militar, Renato Marques Machado, acusado de ser parte de la organización criminal conocida como Milicia de Curicica, enfocada a la práctica de delitos en la Zona Oeste del Municipio de Rio de Janeiro.

Según la denuncia, Machado actuó en la comercialización del agua, en el acaparamiento de predios negociado por la organización criminal y en la guardia y en la adquisición de armas de fuego por parte de la banda. La detención, decretada en mayo de 2019 por el tribunal de primer grado, fue mantenida por el Tribunal de Justicia del Estado de Río de Janeiro (TJ-RJ) y por el Tribunal Superior de Justicia (STJ).

En el HC presentado ante la Corte Suprema, la defensa alegó que el mantenimiento de la custodia viola el principio de duración razonable del proceso y que no existe ningún elemento objetivo y concreto que demuestre el riesgo del imputado para el orden público o la garantía de aplicación del derecho penal.

Al respecto, el máximo Tribunal brasileño adujo que, en relación al presunto exceso de tiempo para la investigación penal, la sentencia manifestó que los expedientes se tramitan con regularidad, especialmente considerando las peculiaridades del caso.

En este sentido, el alto Tribunal señaló que se determinaron todos los trámites necesarios para la instrucción y apertura de los plazos para el adversario y la defensa amplia, lo que indica que cualquier retraso no es resultado del desdén del Poder Judicial. Además, recordó que la acción penal es compleja, pues involucra la participación de 22 imputados y la emisión de cartas cautelares.

Finalmente, la sentencia destacó que, en cuanto a la ilegalidad de la prisión preventiva señalada por la defensa, la resolución señaló que el tema no fue objeto de juicio por parte del STJ y que la orientación jurisprudencial del STF es que, sin manifestación previa de dicho tribunal sobre el fondo de la petición, la apreciación de las solicitudes de defensa implica la eliminación de una instancia.

 

Vea texto íntegro del comunicado.

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *