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Contraloría General de la República
Acusación delitos.

CGR se pronuncia sobre legalidad de actos administrativos firmados por alcaldesa de Municipalidad de Antofagasta, al encontrarse afecta a la incapacidad temporal.

El ente contralor adujo que, no obstante encontrarse incapacitada para su desempeño, en razón de la protección de los principios de la buena fe y la seguridad o certeza jurídica, es necesario reconocer la legitimidad y eficacia de los actos administrativos ejecutados en tal calidad.

30 de noviembre de 2020

Se ha dirigido a la Contraloría General de la República, la Diputada Marcela Hernando Pérez, solicitando un pronunciamiento que determine cuáles de los actos administrativos y legales firmados por la alcaldesa titular de la Municipalidad de Antofagasta, desde el 17 de julio del presente año, debieran declararse nulos, por encontrarse afecta a la incapacidad temporal regulada en el artículo 61 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades desde esa data, en atención a los antecedentes que expone.

Al respecto, el ente contralor adujo que, cuando un alcalde se encuentra acusado por un ilícito que amerite una pena aflictiva, en virtud de las mencionadas disposiciones se ve afectada su investidura regular, privándolo de su calidad de autoridad comunal y de su carácter de funcionario municipal, sin que pueda ejercer sus atribuciones ni derechos como tal, salvo que sea restituido en el cargo en el evento de ser sobreseído o absuelto (aplica dictamen N° 57.459, de 2015).

Enseguida, el órgano fiscalizador expresó que, en lo que respecta a la validez de las actuaciones que pudiesen haberse realizado en el ejercicio de su cargo, no obstante encontrarse el alcalde incapacitado para su desempeño, la jurisprudencia administrativa de este Organismo Fiscalizador, contendida, entre otros, en el dictamen Nº 96.260, de 2015, ha señalado que, en razón de la protección de los principios de la buena fe y la seguridad o certeza jurídica, es necesario reconocer la legitimidad y eficacia de los actos administrativos ejecutados en tal calidad.

A continuación, el dictamen expone que, en el caso en análisis, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que el 17 de julio de 2020, la alcaldesa titular de la Municipalidad de Antofagasta fue acusada de los delitos de fraude al fisco y negociación incompatible -los que merecen pena aflictiva-, en la causa RIT N° 5.847-2018, seguida ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta. Asimismo, aparece que solo recién con fecha 31 de julio de 2020, mediante el decreto alcaldicio N° 743, de 2020, la Municipalidad de Antofagasta, declaró la incapacidad temporal de la alcaldesa titular, para ejercer el cargo de alcaldesa de la referida entidad, a contar de la fecha de dictación del acto administrativo en comento.

Finalmente, Contraloría concluyó que, en ese contexto, y de acuerdo a la jurisprudencia administrativa citada precedentemente, las actuaciones que la aludida alcaldesa titular pudiese haber realizado en el ejercicio de su cargo, no obstante encontrarse incapacitada para su desempeño, son válidos, tal como fuera informado por medio del oficio No 10.726, de 2020, que resolvió una consulta del mismo tenor efectuada por parte del cuerpo de concejales de esa municipalidad, señalando en síntesis que se debe tener presente el criterio establecido en los dictámenes Nºs. 78.351 y 96.260, ambos de 2015, y el 8.013, de 2016, cuyas copias se adjuntan para vuestro conocimiento

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 12.723-20.

 

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