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A segundo trámite constitucional.

Senado aprueba proyecto de ley que busca complementar el sistema de evaluación de educación básica.

El proyecto propone reemplazar el modelo tradicional de evaluación por uno que permita detectar los distintos ritmos de aprendizajes que tienen los estudiantes y proporcionar elementos fundamentales para reforzar las áreas que para ellos representa mayor complejidad.

17 de diciembre de 2020

La iniciativa, patrocinada por la Senadora Yasna Provoste, en conjunto con los Senadores Francisco Chahuán, Juan Ignacio Latorre, Manuel José Ossandón y  Jaime Quintana, propone reformar la Ley N°20.370, que establece la Ley General de Educación, estableciendo que las evaluaciones correspondientes al nivel de educación básica propendan a la formación cualitativa para el logro de los objetivos planteados en las bases curriculares emitidas por el Ministerio de Educación, estableciendo la facultad de los establecimientos educacionales de incorporar estos criterios a sus reglamentos de evaluación.

El proyecto busca cambiar el sistema tradicional de evaluación, reconociendo otras fórmulas de calificación diferentes a la actual escala de notas de 1 a 7, propendiendo a la utilización de criterios cualitativos, con especial énfasis en la evaluación de los estudiantes del primer ciclo básico.

En concreto, el proyecto incorpora un inciso segundo nuevo al artículo 39 del Decreto con Fuerza de ley N°2, de 2009, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°20.370, en el siguiente tenor:

“Las evaluaciones correspondientes al nivel de educación básica referidas en el inciso anterior, especialmente durante el primer ciclo básico, propenderán a la utilización de criterios cualitativos que permitan dar cuenta del nivel de logro de los objetivos planteados en las bases curriculares. Los establecimientos podrán incorporar estos criterios en su Reglamento de Evaluación, de acuerdo a la normativa vigente. La evaluación cualitativa, en caso de aplicarse, deberá considerar una retroalimentación permanente al estudiante y sus padres, madres y/o apoderados.”

A la vez propone un artículo transitorio del siguiente tenor:

“Artículo transitorio. Dentro del plazo de dos años desde la publicación de la presente ley, las comunidades educativas de los establecimientos educacionales que impartan el primer ciclo de la educación básica tenderán a desarrollar procesos de reflexión y consulta para tomar la decisión respecto de mantener o no el actual sistema de evaluación y calificación en base a una escala numérica de notas para este ciclo. Dicha definición deberá ser aprobada por el Consejo de Profesores e incorporada en el Reglamento de Evaluación de cada establecimiento.”

El proyecto fue aprobado por la Sala de la Cámara alta y pasa a segundo trámite constitucional para ser revisado por la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°11.992-04 y siga su tramitación aquí.

 

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