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Senadores presentan proyecto de ley que excusa a las mujeres embarazadas y aquellas con hijos menores de dos años de las labores de vocal de mesa.

El proyecto busca brindar un trato más justo a las mujeres designadas vocales y ayudar al mejor desarrollo de los procesos eleccionarios.

19 de diciembre de 2020

La iniciativa, patrocinada por las Senadoras Luz Eliana Ebensperger y Marcela Sabat, en conjunto con los Senadores Carlos Bianchi, José Miguel Insulza y Manuel José Ossandón, propone modificar la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, para establecer que están excusadas de ser vocales de mesa las mujeres embarazadas y las madres de hijos menores de dos años al día de la elección.

El proyecto señala que la ley que se pretende modificar permite a las mujeres excusarse de la labor de vocal de mesa, pero beneficia solo a aquellas que se encuentren en las 6 semanas previas al parto, debiendo acreditarse mediante certificado médico o con la documentación que acredite que está recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.

La iniciativa propone ampliar este derecho a excusarse a las mujeres embarazadas durante todo el proceso de gestación, fundamentado en brindar un trato más justo a las mujeres designadas vocales y ayudar al mejor desarrollo de los procesos eleccionarios pues no se obligará a mujeres embarazadas a realizar tareas extenuantes en condiciones muchas veces complejas. Además, considera dentro de este beneficio a las madres de hijos menores de dos años al día de la elección, dado que la jornada de labores del vocal de mesa pueden extenderse hasta 16 horas en algunos casos, siendo justo para las madres de hijos tan jóvenes excusarse de esta labor. La mujer interesada deberá acreditar esta circunstancia con el certificado de nacimiento del menor.

El proyecto reemplaza el numeral 7) del artículo 49 de la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, por el siguiente:

“7) Estar la mujer en estado de embarazo, durante todo el período de gestación, acreditado mediante certificado médico, o bien ser madre de un hijo o hija menor de dos años al día de la elección, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento de él o la menor.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión Especial Encargada de conocer iniciativas y tramitar proyectos de ley relacionados con la mujer y la igualdad de género del Senado.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°13.955-07 y siga su tramitación aquí.

 

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