Diario Constitucional

Moción.

Senadores presentan proyecto de ley que limita la reelección de directores de organizaciones sindicales y de las asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.

Se busca limitar la reelección estableciendo un máximo de 8 años en el cargo promoviendo la diversidad en la composición de las organizaciones, el recambio generacional y fomentar la participación de más trabajadores y funcionarios en cargos de representación.

Por Redacción·21 de diciembre de 2020·2 min de lectura
Senadores presentan proyecto de ley que limita la reelección de directores de organizaciones sindicales y de las asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.
Referencial

La iniciativa, patrocinada por los Senadores Juan Castro, Francisco Chahuán, Iván Moreira, Rafael Prohens y Kenneth Pugh, propone modificar el Código del Trabajo y la Ley N°19.296 que “Establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado”, limitando la cantidad de periodos consecutivos en que pueden ejercer los directores de organizaciones sindicales y de asociaciones de funcionarios del Estado.

El proyecto expone que en un Estado Democrático de Derecho se requiere un acceso equilibrado y equitativo de todos los ciudadanos a las instancias y magistraturas de elección popular. Así en el ámbito político se ha debatido sobre la reelección de autoridades, señalándose que la reelección puede propiciar el abuso de poderes, impulsando el Congreso proyectos de ley que han limitado la reelección de los legisladores. Del mismo modo, se estima conveniente limitar la reelección de los directores de las organizaciones sindicales y de las asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado hasta 8 años, promoviendo la diversidad en la composición de las organizaciones, el recambio generacional, otorgando dinamismo a la dirigencia, favoreciendo a los nuevos liderazgos y fomentando la participación de más trabajadores y funcionarios en cargos de representación.

La iniciativa propone agregar un nuevo artículo 240 al Código del Trabajo del siguiente tenor:

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