Noticias

Moción.

Diputados ingresan proyecto de ley que sanciona toda intervención quirúrgica practicada en animales de compañía, con fines puramente estéticos o ajenos al cuidado de su salud o bienestar.

Busca prohibir intervenciones en mascotas actualizando la normativa nacional en conformidad al Convenio Europeo para la Protección de los Animales de Compañía.

28 de diciembre de 2020

La iniciativa, patrocinada por las Diputadas Sofía Cid, Aracely Leuquén, Erika Olivera y Ximena Ossandón, en conjunto con los Diputados Tomás Andrés Fuentes, Ramón Galleguillos y Pablo Prieto, modifica el Código Penal para sancionar a quienes realicen intervenciones quirúrgicas u otras mutilaciones a mascotas o animales de compañía, con fines no medicinales o diversos al resguardo de su salud o bienestar.

El proyecto expone que Chile ha ido avanzado en políticas de protección de animales domésticos a través de la aprobación de la Ley N°21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía y a través de las directrices emitidas por el Servicio Agrícola y Ganadero, que han desarrollado normativas que regulan el bienestar animal, pero solo desde el punto de vista de la producción industrial, comercialización y transporte. En Chile es necesario actualizar la legislación de acuerdo con lo establecido en el Convenio Europeo para la Protección de los Animales de Compañía, el cual prohíbe intervenciones en las mascotas con fines simplemente estéticos, como cortar las cuerdas vocales, la cola, las orejas, las uñas e inclusive los dientes de las mascotas.

Con el fin de sancionar dichas prácticas que causan problemas de frustración, incomodidad y dolor a las mascotas, la iniciativa propone agregar al Código Penal un nuevo artículo 291 quater, del siguiente tenor:

“El que realizare una intervención quirúrgica o practicare cualquier otra mutilación en una mascota o animal de compañía, con fines no medicinales o diversos al resguardo de su salud o bienestar, será sancionado con la pena señalada en el inciso segundo del artículo 291 bis. Si de ello resultaré la muerte de la mascota o animal de compañía, la pena será aquella señalada en el inciso final del mismo artículo.”

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara Baja.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°13.974-12 y siga su tramitación aquí.

 

RELACIONADOS

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *