Diario Constitucional

Remitida al Presidente de la República para su promulgación.

Donación de órganos entre «parientes políticos»: proyecto quedó listo para ser promulgado como ley.

El proyecto permitirá complementar la legislación que regula el intercambio de órganos, esto es la ley de donante universal y la donación cruzada, pero en esta oportunidad se busca permitir este acto considerando la relación que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de su marido o mujer.

Por Redacción·28 de diciembre de 2020·1 min de lectura
Imagen: CHV
Referencial

La donación de órganos entre personas vivas, incluyendo a los parientes por afinidad hasta el segundo grado inclusive está cada día más cerca de ser una realidad. Esto luego que el Congreso terminara con el trámite de la iniciativa y la remitiera al Presidente de la República para su promulgación. (Boletín 12362-11)

El proyecto permitirá complementar la legislación que regula el intercambio de órganos, esto es la ley de donante universal y la donación cruzada, pero en esta oportunidad se busca permitir este acto considerando la relación que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de su marido o mujer.

El texto despachado por el Congreso, tuvo su origen en una moción de los senadores Guido Girardi, Carolina Goic, Francisco Chahuán, Rabindranath Quinteros y Francisco Huenchumilla y permite que la donación de órganos se pueda realizar considerando la relación que existe entre una persona que está o ha estado casada y los consanguíneos de su marido o mujer, es decir, aquél parentesco es el que une, por ejemplo, a suegro/yerno, suegra/nuera o cuñados y que coloquialmente conocemos como «parientes políticos».

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