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Imagen: alcantara-alicante.cl
Luego que se promulgara la Ley 21.298 que garantiza la representación y participación de los pueblos indígenas.

¿De qué distritos provendrán los 17 escaños reservados para pueblos originarios?

El Consejo Directivo del Servicio Electoral los determinó en base a la mayor proporción de población indígena mayor de 18 años de cada distrito.

30 de diciembre de 2020

Luego que se promulgara la Ley 21.298 que garantiza la representación y participación de los pueblos indígenas reconocidos en la Convención Constitucional, el Servicio Electoral (Servel) determinó aquellos distritos desde donde provendrán los 17 escaños reservados para los pueblos ancestrales.

Ello, en base a las reglas establecidas en la propia ley y a la mayor proporción de población indígena mayor de 18 años de cada distrito, según el Censo oficial del INE 2017, sin considerar aquellos que eligen tres escaños y sin rebajar más de un escaño por distrito.

De esta manera la Región Metropolitana es  una de las que más escaños reserva para la elección de constitucionales originarios, pues en 6 de los 7 distritos que existen en esa zona se destinará uno. Así, los distritos 8, 9, 10, 12, 13 y 14 de la Región Metropolitana reservarán un escaño cada uno para los pueblos originarios, totalizando seis.

En la región del Bío-Bío se destinará un total de 2 escaños para los pueblos originarios. Uno del distrito 20 que agrupa las comunas de Hualpen, Penco, Talcahuano, Concepción, Chiguayante, Coronel y San Pedro de la Paz, entre otras; y otro del distrito 21 que agrupa las comunas de Arauco, Tirúa, Antuco, Los Ángeles, Mulchén y Laja, entre otras.

En la región de La Araucanía se destinarán 2 escaños para los convencionales constituyentes de los pueblos originarios. Uno proveniente del distrito 22 que agrupa las comunas de Lautaro, Melipeuco, Lonquimay, Curacautín, Ercilla y Lumaco, entre otras; y otro escaño del distrito 23 que agrupa las comunas Temuco, Curarrehue, Pucón, Tolten, Nueva Imperial y Loncoche, entre otras.

En tanto, en la región de Los Lagos se destinarán  2 escaños para los pueblos originarios. Uno del distrito 25 que agrupa las comunas de Osorno, Puerto Varas, Llanquihue, Los Muermos, Puerto Octay y Purranque, por nombrar algunas; mientras que otro escaño proviene del distrito 26 que agrupa las comunas de Puerto Montt, Chaiten, Ancud, Castro, Quellón y Maullín, entre otras.

En la región de Antofagasta se destina 1 escaño de los 5 que tiene el distrito 3 que agrupa las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda, Taltal, Calama, Ollagüe, San Pedro de Atacama, María Elena y Tocopilla

En la región de Atacama se destina 1 escaño de los cinco que tiene el distrito 4 que agrupa las comunas de Chañaral, Diego de Almagro, Caldera, Copiapó, Tierra Amarilla, Alto del Carmen, Fereirina, Huscao y Vallenar.

En la región de Coquimbo se destina 1 de los siete escaños que se eligen en el distrito 5 que agrupa las comunas de Canela, Illapel, Los Vilos, Salamanca, Andacollo, Coquimbo, La Higuera, La Serena, Paihuano, Vicuña, Combarbalá, Monte Patria, Ovalle, Punitaqui, Río Hurtado.

En la región de Valparaíso se destina 1 de los 8 escaños que se eligen en el distrito 7 que agrupa las comunas de Isla de Pascua y las costeras del continente. El distrito 6 de la zona interior no se descuenta ningún escaño para los pueblos originarios.

En la región de Los Ríos se destinará 1 escaño de los cinco que tiene el distrito 24 que agrupa las comunas de Valdivia, Río Bueno, La Unión, Corral, Lago Ranco, Los lagos y Panguipulli, entre otras.

En  las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, O’Higgins, Maule, Ñuble, Aysén y Magallanes se mantienen sin modificaciones.

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