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Imagen: www.ecopoliticavenezuela.org
Aborto legal.

Senado de Argentina convirtió en ley la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención.

30 de diciembre de 2020

Tras doce horas de debate, en la madrugada de hoy el Senado de Argentina aprobó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo con 38 votos a favor, 29 en contra y 1 abstención. El debate había comenzado ayer cerca de las 16.00 horas. En la Cámara de Diputados el 11 de diciembre pasado el proyecto había sido aprobado por 131 votos a favor, 117 en contra y seis abstenciones: un margen más amplio del que había obtenido cuando fue aprobado en 2018, oportunidad en que fue rechazado por el Senado con la votación de 38 a 31, con dos abstenciones y una ausente.

Los puntos más importantes de la legislación aprobada son los siguientes:

Mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho hasta las 14 semanas de gestación, inclusive, a:

-Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la presente ley.

-Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, de conformidad con lo establecido en la presente ley.

-Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados de conformidad con la presente ley.

-Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.

Fuera del plazo de 14 semanas, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones:

-Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente.

-Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante».

Desde que se solicita la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), el plazo máximo para garantizarlo es de “diez (10) días de corrido”.

El personal de salud debe garantizar las siguientes condiciones mínimas y derechos en la atención del aborto y postaborto:

-Trato digno. El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente, para erradicar prácticas que perpetúan el ejercicio de violencia contra las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.

-Privacidad. Toda actividad médico-asistencial tendiente a obtener y transmitir información y documentación clínica de la paciente debe garantizar la construcción y preservación de un ambiente de confianza entre el personal de salud y las personas que solicitan la atención, y observar el estricto respeto por su intimidad, dignidad humana y autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la confidencialidad; solo se compartirá información o se incluirá a su familia o a su acompañante con su expresa autorización, conforme las previsiones del artículo 8º de la presente ley. Asimismo, deberá protegerse a la paciente de injerencias ilegítimas por parte de terceros.

-Confidencialidad. El personal de salud debe crear las condiciones para el resguardo de la confidencialidad y el secreto médico durante todo el proceso de atención y también con posterioridad. Debe informar durante la consulta que la confidencialidad está garantizada y resulta alcanzada por el secreto médico.

-Autonomía de la voluntad. El personal de salud debe respetar las decisiones de las pacientes respecto al ejercicio de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su futura salud sexual y reproductiva. Las decisiones de la paciente no deben ser sometidas a juicios derivados de consideraciones personales, religiosas o axiológicas por parte del personal de salud, debiendo prevalecer su libre y autónoma voluntad.

-Acceso a la Información. El personal de salud debe mantener una escucha activa y respetuosa de las pacientes para expresar libremente sus necesidades y preferencias. La paciente tiene derecho a recibir la información sobre su salud; el derecho a la información incluye el de no recibir información inadecuada en relación con la solicitada.

La práctica estará incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO), que es la única garantía de acceso igualitario y cumplimiento efectivo ya que cuando una práctica no está en el PMO, la obra social o prepaga puede negarse a cubrirla.

La ley establece que todos los sistemas de salud, obras sociales y prepagas deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria en todo el país.

La legislación prevé la objeción de conciencia para él o la personal de salud sujeto a ciertos requisitos, tales como que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo, mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones, adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.

En todo caso establece que el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda».

También la ley establece que una vez solicitada la IVE, el establecimiento pondrá a disposición de “quienes lo requieran”: información sobre el proceso que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios, así como atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso y acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y accesible a las necesidades de cada persona.

 

Vea texto de la ley aprobada

 

 

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