Despido injustificado.
Corte de Puerto Montt rechazó recurso de nulidad deducido contra sentencia que acogió demanda de despido carente de causa legal y de cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales.
La simple omisión en la sentencia de la enunciación de algunas pruebas aportadas, pero que sí son analizadas, no sugiere el ejercicio de alguna facultad oficiosa dirigida a su invalidación.

El Tribunal de alzada rechazó el arbitrio deducido por la demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.
El fallo señala que la impugnación invoca la causal prevista en el artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en razón de haber sido pronunciada la sentencia con omisión del requisito establecido en el artículo 459 N°4 del mismo cuerpo legal.
Añade que el motivo del reproche consiste en la omisión de antecedentes probatorios relevantes para alterar las conclusiones a que arriba la sentencia, en el sentido que, si se hubieran analizado, la decisión hubiese sido favorable al recurrente.
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