Diario Constitucional

Sana crítica.

Corte de Punta Arenas desestimó recurso de nulidad interpuesto en contra de sentencia que rechazó denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido.

El Tribunal de alzada no advirtió contravención alguna a las reglas de la sana crítica que disciplinan la ponderación de la prueba.

Por Redacción·03 de enero de 2021·2 min de lectura
Corte de Punta Arenas desestimó recurso de nulidad interpuesto en contra de sentencia que rechazó denuncia de vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido.
Referencial

En contra de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado del Letras del Trabajo de Punta Arenas, la denunciante dedujo recurso de nulidad basado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por falta de aplicación del artículo 489 en relación a los artículos 2 y 485 del mismo código y artículo 19 del Código Civil. En subsidio, invoca el motivo de nulidad contemplado en el artículo 478 letra b) del Estatuto Laboral.

En relación al primer motivo de nulidad, la resolución señala que analizados los hechos acreditados en el fallo impugnado y las reflexiones en atención a las cuales resuelve, no se advierte infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en la decisión del sentenciador del grado.

En seguida, respecto de la causal subsidiaria, consigna que el libelo impugnatorio vulnera el principio de buena fe al obrar contra sus propios dichos o actos. Al efecto, evidencia que el recurrente afirma no atacar el análisis de la prueba efectuado por el juez del grado, para luego reclamar que no apreció la prueba rendida en autos de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

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