Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS acoge recurso de protección y ordena a dueño de predio que impida el ingreso de vehículos motorizados a dunas de Tunquén.

Está proscrita cualquier actividad que pueda alterar el estado natural del sector.

Por Redacción·11 de enero de 2021·2 min de lectura
Recurso de protección de miembro de sindicato expulsado de la organización, se declara admisible.
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó un recurso de protección deducido por una fundación en contra de los dueños de un predio por permitir la entrada de vehículos motorizados al Humedal de Tunquén.

El conflicto surgió luego que los dueños de un predio ubicado en las Dunas de Tunquén, permitieran el ingreso de una camioneta y una moto, las cuales circularon en un terreno protegido, en donde se emplazan sitios arqueológicos que el Ministerio del Medio Ambiente ha propuesto para ser declarado “Santuario de la Naturaleza”.

La Fundación Tunquén Sustentable accionó de protección, señalando que el actuar de las recurridas es ilegal y arbitrario, al permitir circular vehículos motorizados en una zona protegida, lo que está prohibido en los artículos 1 y 38 de la Ley de Monumentos Nacionales y la Orden N°2 del Ministerio del Interior de 1998, lo cual vulnera su derecho a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.

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