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Corte Suprema.
En fallo unánime.

CS acoge recurso de protección por construcción de un cerco en un terreno ajeno.

La construcción se realizó de forma unilateral, sin el acuerdo del recurrente de donde debe materializarse el cierre de los terrenos.

12 de enero de 2021

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que rechazó un recurso de protección deducido por el dueño de un predio en contra de sus vecinos por levantar un cerco dentro de su propiedad.

El conflicto surge luego que los vecinos del recurrente comenzaran a una obra de construcción para levantar un cerco que divide los terrenos de las partes, ingresando al predio del recurrente y apropiándose de parte de este.

El recurrente accionó de protección, acusando que el cerco fue instalado haciendo una ocupación ilegal de parte de sus terrenos, además de impedir el acceso y el libre tránsito a su inmueble, lo que vulnera su derecho de propiedad.

La Corte de apelaciones de Puerto Montt rechazó el recurso, al estimar que el derecho cuya protección se busca mediante la acción de protección no es de carácter indubitado, por lo que la controversia debe ser resuelta en un juicio de lato conocimiento.

El máximo Tribunal revocó la sentencia en alzada y ordenó a la recurrida retirar el cerco instalado, para lo cual tuvo presente que la construcción se realizó de forma unilateral, sin acuerdo del recurrente de donde debe materializarse el cierre de los terrenos colindantes, lo que constituye un acto de autotutela ilegal que vulnera su derecho de propiedad.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol Nº139.985-2020 y Corte de Apelaciones de Puerto Montt Rol N°1.627-2020..

 

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