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Responsabilidad internacional del Estado.

Corte IDH se pronunciará sobre eventual vulneración de derechos cometida por ISAPRE que unilateralmente puso fin a hospitalización domiciliaria de niña con síndrome de Leigh.

La mayoría de las personas que sufren esta enfermedad fallecen a los seis años y sólo un 27 por ciento supera la muerte temprana, gracias a la ayuda de terapias kinesiológicas, respiratorias y medicamentos mitocondriales.

27 de enero de 2021

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se pronunciará sobre el accionar de una isapre y las obligaciones del Estado en materia de protección de los derechos a la vida, integridad y salud.

Respecto de los hechos, lo anterior se da en virtud de la larga lucha judicial que ha enfrentado un matrimonio chileno, quienes en 2006 adoptaron a una menor de tres meses que a los ocho meses de vida fue diagnosticada con el síndrome de Leigh; una enfermedad neurológica de origen genético, progresiva y degenerativa. Así, cabe señalar que la mayoría de las personas que sufren esta enfermedad fallecen a los seis años y sólo un 27 por ciento supera la muerte temprana, gracias a la ayuda de terapias kinesiológicas, respiratorias y medicamentos mitocondriales.

Ante estos hechos, la familia interpuso un recurso de protección el año 2010, pues la  Isapre MasVida decidió poner fin de manera unilateral y arbitraria a la hospitalización domiciliaria que la niña requería para su supervivencia. Esto, pese a que los padres de la menor habían contratado un seguro contra enfermedades catastróficas (CAEC) que cubría el 100 por ciento de los gastos derivados en atención de alto costo. Sin embargo, la Tercera Sala de la Corte Suprema falló a favor de la prestadora de salud, por lo que en 2011 la familia inició un segundo proceso judicial ante la Superintendencia de Salud. Luego, consta que la menor se encuentra con hospitalización domiciliaria en su residencia en Arica, pero su estado de salud es delicado.

Enseguida y, en virtud del contexto enunciado, se interpuso una demanda contra el Estado, razón por la que la Corte IDH sesionará el 1 y 2 de febrero para declarar la responsabilidad del Estado de Chile por la violación de los derechos de la vida, vida digna, integridad personal y salud en relación con las obligaciones de garantía, el principio de no discriminación, y el deber de especial protección de la niñez.

Finalmente, es preciso mencionar que la acción judicial intentará que se establezca la responsabilidad internacional del Estado por la violación de derecho a la integridad psíquica y moral de los padres. Asimismo, se solicitarán medidas de reparación, compensación, rehabilitación y no repetición de este accionar.

 

 

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