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Imagen: tiempo21.cl
Supera su capacidad de diseño.

SMA formuló cargos de Municipalidad de Gorbea por incumplimientos al Plan de Cierre del Vertedero.

El Vertedero Gorbea (unidad fiscalizable) inició su operación alrededor del año 1995, siendo utilizado en sus inicios con una modalidad de acopio de residuos sólidos domiciliarios en zanjas, las que se fueron cubriendo desde la parte anterior hasta el actual acceso del proyecto.

2 de febrero de 2021

La Superintendencia del Medio Ambiente, formuló 6 cargos – tres graves y tres leves -, contra la Municipalidad de Gorbea, respecto del Vertedero del mismo nombre, por deficiente operación de la instalación por sobre su vida útil, no ejecutar obras para el manejo de escorrentías (canales para aguas lluvias), cerco perimetral en mal estado, por no implementar medidas de control de lixiviados, implementación de chimeneas de biogás en menor número exigido y no reportar informes de monitoreo de aguas superficiales y subterráneas y de caracterización del biogás en el Sistema de Seguimiento Ambiental de esta Superintendencia, conforme al Plan de Monitoreo y Control, conforme a la RCA 46/2010.

El Vertedero Gorbea (unidad fiscalizable) inició su operación alrededor del año 1995, siendo utilizado en sus inicios con una modalidad de acopio de residuos sólidos domiciliarios en zanjas, las que se fueron cubriendo desde la parte anterior hasta el actual acceso del proyecto. Actualmente tiene una superficie de 4,12 hectáreas.

Los 3 cargos clasificados como graves fueron imputados por operación del vertedero por sobre la vida útil aprobada mediante la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) superando su capacidad de diseño; no ejecución de obras para el manejo de escorrentías; y por no implementar de medidas de control de lixiviados. Con relación a estos cargos, el titular podría ser objeto de revocación de la RCA, clausura, o multa de 1 hasta 5.000 mil unidades tributarias anuales (UTA).

Mientras que los leves, dicen relación con el cerco perimetral en mal estado; implementación de chimeneas de biogás en menor número del exigido para la etapa de cierre progresivo; y no reportar en el Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA) de la Superintendencia, los Informes de Monitoreo de Aguas Superficiales y Subterráneas y de Caracterización del Biogás, conforme al Plan de Monitoreo y Control. En estos casos, el titular podrá ser objeto de amonestación por escrito o multa de 1 hasta 1.000 UTA.

En atención a la multiplicidad de antecedentes generados durante la etapa de investigación que llevó a cabo la institución, más las denuncias presentadas ante la Superintendencia del Medio Ambiente en agosto de 2015 y marzo de 2018, por miembros de la Comunidad Indígena Ancúe, y las posteriores inspecciones ambientales realizadas por equipos de fiscalizadores de nuestra institución, el Jefe Regional de la SMA, explicó que esta formulación de cargos, realizada a la Municipalidad de Gorbea por el proyecto asociado al Plan de Cierre del Vertedero, da cuenta de la condición de este tipo de proyectos de saneamiento que hoy se encuentran completamente sobrepasados en su capacidad de disposición ambientalmente evaluada y aprobada, lo cual conlleva como efecto deficiencias en el manejo de percolados, escorrentías de aguas lluvias, manejo de biogás y deficiencias en el  cierre perimetral que implica, sin duda, el afectar a comunidades y sus formas de vida y costumbres.

A través del cálculo estimado en terreno, prosiguió el Jefe Regional, que posteriormente fue ratificado con los datos entregados por el titular en el marco de las actividades de fiscalización, se pudo ratificar que la instalación se encuentra sobrepasada actualmente en sobre un 260% de su capacidad de diseño; situación que alerta de las condiciones de riesgo existentes que este proyecto presenta, considerando adicionalmente que el titular no ha reportado los informes ni antecedentes exigidos para el seguimiento de las variables medioambientales en el sistema de reportabilidad institucional.

Concluye la autoridad que, este proceso reafirma el trabajo que se viene levantando tanto a nivel regional como a nivel nacional por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente y que implica reforzar la fiscalización de los planes de cierre de forma tal que la operación de estos proyectos se ajuste a sus respectivas RCAs, situación que seguiremos levantando en esta región durante el 2021.

Cabe destacar que tras realizado un diagnóstico del estado de operación del vertedero, la I. Municipalidad de Gorbea presentó ante la ex Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) de La Araucanía, el proyecto de cierre, con la finalidad de normalizar la instalación mediante el desarrollo de un Plan de Cierre Progresivo y Definitivo, a través de la implementación de obras de saneamiento básicas en el predio ocupado para la disposición de los residuos domiciliarios, como el sello superficial, sistema de manejo de biogás, cobertura vegetal y sistema de manejo de escorrentías superficiales.

La Resolución que da inicio al proceso de sanción mediante la formulación de cargos, dispone que la I. Municipalidad de Gorbea tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos contados desde la notificación del presente acto administrativo.

 

Vea texto íntegro de la Formulación de Cargos (8) Expediente D-171-2020.

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