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Imagen. ingenieros.cl
Indemnización de perjuicios.

Juzgado Civil de Santiago rechaza excepciones deducidas en millonaria demanda de Chilena Consolidada por desborde del Río Mapocho en 2016.

En el caso de Costanera Norte y la sociedad controladora de la autopista, presentaron recursos de apelaciones que impugnan la decisión del juez civil.

3 de febrero de 2021

Chilena consolidada presentó una demanda por indemnización de perjuicios contra Costanera Norte S.A., Sacyr Chile S.A. y el Fisco de Chile, por los daños que registraron sus asegurados como consecuencia del desborde del río Mapocho de 2016. En esta acción, se solicita el pago solidariamente de $2.373 millones.

La demandante señala que entre los afectados que fueron reparados en su oportunidad por la aseguradora, se encuentran McDonald’s con $ 10,7 millones en total; Ombú Chile Holding, con $ 2.084 millones; Banco Santander, con $ 18,6 millones en total; y Orica Chile, con $ 219,2 millones, entre otros.

No obstante lo anterior, en su oportunidad los demandantes dedujeron las excepciones dilatorias de falta de capacidad de la demandante, falta de personería y representación legal e ineptitud del libelo y litis pendencia.

Respecto de esta última, Costanera Norte alegó que el 18° Juzgado Civil de Santiago conoce actualmente una demanda de indemnización de perjuicios deducida por Orica Chile S.A., perjuicios que Chilena Consolidada demanda en estos autos nuevamente ocupando la posición jurídica de Orica, por los supuestos daños sufridos por esta última producto del desborde del río Mapocho ocurrido el 17 de abril de 2016. No puede entonces entablarse ni tramitarse otra demanda similar (indemnización de perjuicios) de la misma parte (Orica Chile S.A.) y por los mismos hechos (supuestos y aparentes daños derivados del desborde del río Mapocho).

La constructora acusó además que no hubo claridad en la demanda ingresada por la compañía de seguros, lo que dificulta, según señala, su defensa. El líbelo incurre en imprecisiones y contradicciones importantes, las cuales arriesgan imposibilitar su comprensión e impedir al demandado el correcto ejercicio de sus defensas. En efecto, de un atento examen de la exposición efectuada en la demanda, se advierte una confusión profunda del demandante acerca de las imputaciones que se le efectúan a cada demandado, especialmente a Sacyr, lo cual lleva como consecuencia lógica sostener una defensa acotada a la indefinida acusación que plantea la contraria.

Por su parte, el Juzgado resolvió desechar los argumentos. En este sentido, señaló que aparece indesmentible que la demandada ha quedado en buena posición para identificar correcta y oportunamente los reproches que se le imputan, pudiendo con claridad determinarse el objeto pedido y la causa de pedir, permitiéndole un adecuado ejercicio del derecho de defensa, y de las herramientas y remedios que la ley procesal le otorga para desvirtuar la demanda.

Cabe hacer presente que, en el caso de Costanera Norte y la sociedad controladora de la autopista, presentaron recursos de apelaciones que impugnan la decisión del juez civil.

Asimismo, en el caso del Fisco, presentó sus argumentos contra el fondo de la demanda. Al respecto, señala que es posible concluir que en el presente caso no sólo existe texto expreso legal que libera de toda responsabilidad al Fisco de Chile, sino que incluso se concluye que el MOP, atendidas las especiales características del caso, cumplió con el estándar técnico aplicable al mismo, siendo por tanto irreprochable su actuar y por ende irrefutable la ausencia de falta de servicio.

 

Vea texto íntegro de la demanda y de las resoluciones (1)(2) (3), Rol N° C-32855-2019.

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