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Imagen: adnpais.com
Provincia de Chaco.

Argentina: Jueza suspende aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo.

Esta es la primera medida cautelar en la que se le da lugar a un planteo que va en contra de la Ley 27.610 sancionada en diciembre de 2020, promulgada el 15 de enero y en vigencia desde el 24 de enero.

4 de febrero de 2021

Una jueza de la norteña provincia de Chaco, Argentina, decidió suspenderla aplicación de la recientemente promulgada Ley de interrupción voluntaria del embarazo, a raíz de una medida cautelar interpuesto por una organización civil.

Los promotores de la medida cautelar argumentaron que la ley que permite la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 de gestación – aprobada por el Congreso el 30 de diciembre de 2020 – es contraria a las normativas y ordenamiento jurídico de Chaco. Arguyen que la práctica abortiva restringe, menoscaba, violenta, limita y altera la existencia, el ejercicio y goce del derecho a la vida del niño por nacer, protegido por nuestro ordenamiento jurídico desde la concepción.

En específico, solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de la norma y argumentaron que el artículo 15 de la Constitución Provincial garantiza el derecho a la vida y a la libertad, desde la concepción a todas las personas y que, como se trata de una competencia concurrente de la provincia con la Nación, debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana.

La jueza del 19° Juzgado de Chaco, señaló que hace lugar a la medida cautelar peticionada y dispuso la suspensión de la aplicación de la ley de aborto en el territorio de la provincia, hasta tanto se resuelva la acción principal.

 

Vea texto íntegro de la resolución.

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