Renato Pizarro aludió al artículo 2° de la Ley Zamudio.
Corte de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el militante de RD Renato Pizarro, luego de que se estableciera como requisito ser mujer para reemplazar al ex diputado Renato Garín tras el abandono de su cargo para postularse a la Convención Constitucional.
El Comité Político Nacional de Revolución Democrática decidió que solo podían postular mujeres a la consulta para reemplazar el cupo en la Cámara que dejó la renuncia de Garín, con el objetivo de lograr paridad de género en los parlamentarios del partido.

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por el militante de Revolución Democrática Renato Pizarro, en contra de la misma colectividad, luego de que se estableciera como requisito ser mujer para reemplazar al ex diputado Renato Garín tras el abandono de su cargo para postularse a la Convención Constitucional.
Renato Pizarro aludió al artículo 2° de la Ley Zamudio, que define la discriminación arbitraria como “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República”.
La presidenta del partido, Catalina Pérez, afirmó que el recurso interpuesto era improcedente y celebra el fallo de la Corte de Apelaciones.
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