Noticias

Con suspensión.

TC admite a trámite inaplicabilidad solicitada por empresa pesquera que impugna normas de Ley sobre Acceso a la Información Pública que le obligarían a revelar información solicitada por un particular.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

10 de marzo de 2021

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 5°, y 10, inciso segundo, de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.

La gestión pendiente incide en autos sobre reclamo de ilegalidad, seguido ante la Corte de Puerto Montt, en los que se le solicitó información a la empresa pesquera requirente a través del Consejo para la Transparencia.

Al efecto, cabe recordar que la empresa requirente estima que los preceptos impugnados infringirían el artículo octavo de la Carta Fundamental, toda vez que dicha disposición establece que solo son públicos los actos y resoluciones de la Administración, por lo que es constitucionalmente improcedente extender la publicidad a otros actos o antecedentes distintos a los dispuestos en el artículo 8 inciso segundo de la Constitución. Asimismo, el requerimiento aduce que se vulnera el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, pues la entrega de la información solicitada afecta directamente los derechos de carácter comercial o económico de la requirente, lo que sería concordante con lo resuelto por el Consejo para la Transparencia en amparos sobre materia similares, toda vez que lo pedido da cuenta de la planificación estratégica de la empresa y su funcionamiento, lo que constituye un bien económico estratégico, respecto del cual es titular y que no es de dominio público, ejerciendo derechos de carácter comercial o económico, que constituyen datos que guardan relación con información confidencial y valiosa de cada compañía, formando parte de un proceso productivo.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado a las demás partes de la gestión invocada por el término de diez días. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 10382-21.

 

RELACIONADO
TC publica sentencia de rechazo respecto de inaplicabilidad impugnaba norma que prohibiría a Pesquera a capturar jibia por medio de cualquier arte de pesca que no sea la potera o línea de mano…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *