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Imagen: El País.
Vicios del consentimiento.

Cámara de Apelaciones argentina anuló el acuerdo económico celebrado por una mujer y su ex pareja viciado por violencia psicológica.

La demandada fue víctima de actos de violencia psicológica por parte del actor que se dieron al momento de celebrar el pacto que se acusa incumplido.

17 de marzo de 2021

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón revocó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°6 que acogió una demanda de incumplimiento contractual en virtud de un convenio económico celebrado entre el demandante y su ex pareja.

El conflicto surge luego que el actor dedujera una demanda de incumplimiento contractual en contra de su ex pareja, acusando que la demandada incumplió reiteradamente un acuerdo económico que celebraron en julio de 2008 en donde se obligó a abonarle dinero. La demandada acusó en su contestación que el convenio que celebró con el actor es nulo y adolece del vicio de violencia en conformidad al artículo 1045 del Código Civil, ya que prestó su consentimiento forzada por el demandante en un marco de violencia psicológica.

El tribunal civil acogió la demanda, al estimar que la actora no acreditó los hechos de violencia en que se basa el vicio del consentimiento que acusa.

La Cámara de Apelación revocó la sentencia en alzada y anuló el acuerdo económico entre las partes, para lo cual tuvo presente que en virtud de las pericias psicológicas realizadas, el actor presenta rasgos psicopáticos de personalidad y en los hechos de la causa consta que la demandada fue víctima de actos de violencia psicológica al momento de celebrar el pacto que se acusa incumplido, por lo que se configura el vicio de violencia denunciado y corresponde declarar la nulidad del acuerdo celebrado en conformidad al artículo 1045 del Código Civil.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Morón Causa N°26.897-2013.

 

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