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Imagen: RINBER.
Moción.

Diputados ingresan proyecto de ley que exige a los condenados por homicidio simple el cumplimiento de dos tercios de su pena para postular a la libertad condicional.

El delito de homicidio simple es un ilícito grave que debe incluirse al catálogo de delitos por cuya condena se puede optar al beneficio de libertad condicional sólo tras haberse cumplido dos tercios de la pena.

19 de marzo de 2021

La iniciativa, patrocinada por las Diputadas Paulina Núñez y  Andrea Parra, en conjunto con los Diputados José Miguel Castro, Gonzalo Fuenzalida, Marcos Ilabaca, Raúl Leiva y Andrés Longton, Leopoldo Pérez, Pablo Prieto y Matías Walker, modifica el Decreto Ley N°321, que “Establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad”, con el fin de incluir el delito de homicidio simple dentro del catálogo de delitos por cuya condena se puede optar al beneficio de libertad condicional sólo tras haberse cumplido dos tercios de la pena.

El proyecto expone que dentro de los delitos más graves que contempla nuestra legislación se encuentra el delito de homicidio simple, el cual tiene una tasa de concurrencia más baja en comparación a otra clase de delitos, pero reviste gravedad en razón a las consecuencias fatales que tiene su comisión. Pese a su gravedad, el delito de homicidio simple se excluye del catálogo de delitos por cuya condena se puede optar al beneficio de libertad condicional sólo tras haberse cumplido dos tercios de la pena, permitiendo a las personas que cometen dicho ilícito postular al beneficio de libertad condicional sin más restricciones que los requisitos generales que prescribe el Decreto Ley N°321.

Con el fin de establecer mayores requisitos para postular al beneficio de libertad condicional a las personas condenadas por el delito de homicidio simple, la iniciativa modifica el inciso tercero del artículo 3 del Decreto Ley N°321, estableciendo que las personas condenadas por delito de homicidio simple sólo podrán postular al beneficio de libertad condicional cuando hubieren cumplido dos tercios de su pena.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Baja.

 

Vea texto íntegro del Boletín N°14.091 y siga su tramitación aquí.

 

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