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Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema.

CS dicta auto acordado sobre tramitación de reclamaciones de los procedimientos de la próxima Convención Constitucional.

La presente acción tendrá solamente por objeto resolver de la reclamación de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración.

22 de marzo de 2021

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema acordó hoy dictar auto acordado sobre tramitación de reclamaciones de los procedimientos de la próxima Convención Constitucional.

«La presente acción tendrá solamente por objeto resolver de la reclamación de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención. En ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración. Conocerán de esta reclamación cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo para cada cuestión planteada», acordó el pleno de ministros.

«En la interposición de la acción se deberá:

a) Indicar el vicio que se reclama, el que deberá ser esencial, y el perjuicio que causa;

b) Acompañar los documentos que certifiquen que los firmantes constituyen al menos un cuarto de los miembros en ejercicio de la Convención;

c) Designar dirección de correo electrónico;

d) Ofrecer o acompañar las pruebas para justificar el vicio y las diligencias que se solicitan al efecto, y

e) Constituir mandato judicial, designando procurador común», detalla.

«La reclamación será ingresada a la Corte Suprema por medio de la Oficina Judicial Virtual. Para efectos de la constitución del patrocinio y poder, bastará la firma electrónica simple de los reclamantes, patrocinantes y mandatario común», añade.

 

Vea acta Convención Constitucional

 

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