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Ingresa proyecto de ley que autoriza, por única vez y de forma excepcional, el pago anticipado de rentas vitalicias contratadas como modalidad de pensión.

La iniciativa busca proteger a las personas mayores que traspasaron sus fondos a las compañías aseguradoras y que están siendo excluidas de los beneficios que en virtud de la emergencia se han implementado.

22 de marzo de 2021

La iniciativa patrocinada por las Diputadas Jenny Álvarez y Pamela Jiles, y los Diputados Jorge Durán, Félix González y Gabriel Silber, modifica la Constitución con el fin de autorizar, por única vez y de forma excepcional, el pago anticipado de rentas vitalicias contratadas como modalidad de pensión, en las condiciones que indica.

El proyecto expone que a raíz de la prolongada crisis sanitaria generada por la pandemia de COVID-19 y del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado, se generó de forma paralela una brutal crisis económica de carácter mundial y de enrome impacto en las economías, dañando particularmente a aquellas más débiles como la nuestra, donde el nivel de contagios resultó ser de los más altos del mundo.

En virtud de lo anterior, y de la urgente necesidad y carencia de recursos, comida y asistencia por parte de las personas fuertemente golpeadas por la crisis llevó al impulso de nuevas iniciativas que desde el parlamento se despacharon, entre ellas la reforma constitucional y la impulsada desde el ejecutivo que permitieron los retiros excepcionales del 10% de los ahorros que los afiliados a las administradoras de fondos de pensiones tuvieran en sus cuentas de capitalización individual, iniciativas apoyadas transversalmente y exigidas con desesperación por la misma ciudadanía que hoy sigue sufriendo las consecuencias de la crisis sanitaria y la falta de recursos producto de las restricciones generadas por causa de la pandemia. Lamentablemente, y pese a los esfuerzos mencionados, la situación sigue siendo extremadamente grave y dura para muchas personas que se encuentran fuera de los alcances de las medidas adoptadas, pues, de acuerdo a las cifras publicadas por la Superintendencia de Pensiones, existe aproximadamente un 45% de personas pensionadas en el sistema actual que al momento de decidir su modalidad de pensión optó por el de Renta Vitalicia, sabiendo que la toma de esa decisión es limitada y obligatoria, debiendo optar por las alternativas impuestas a los afiliados a las administradoras de fondos de pensiones como mecanismo de pensión.

En virtud de lo anterior, propone establecer constitucionalmente el derecho de los afiliados al sistema privado de pensiones regido por el Decreto Ley N°3.500 de 1980 que se hayan pensionado bajo alguna modalidad de Renta Vitalicia a solicitar por única vez y de forma excepcional un pago anticipado de sus rentas mediante un crédito con tasa de interés cero, otorgado por el Banco del Estado para mitigar los efectos del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del COVID-19, el que será descontado a prorrata de la totalidad de los montos de pensión por pagar al asegurado en base a la Tabla de Mortalidad vigente.

 

Vea Boletín N°14087-07 y siga su tramitación aquí.

 

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