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"La defensa del amparado no ha expuesto cuáles fueron las circunstancias fácticas que le han impedido comparecer ante el llamamiento del tribunal recurrido".

CS rechaza recurso de amparo por dictación de orden de detención de exdiputado Hugo Gutiérrez.

El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario del tribunal de primera instancia al decretar la orden de detención del recurrente.

6 de mayo de 2021

La Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de amparo presentado por el abogado y exdiputado Hugo Humberto Gutiérrez Gálvez en contra del Juzgado de Garantía de Iquique que dictó una orden de detención en su contra por no comparecer a audiencia de procedimiento abreviado.

“Que de la sola lectura de la norma en comento, se desprende que para determinar su procedencia es menester efectuar una valoración a la luz de los antecedentes que deben ser aportados al tribunal por los intervinientes”, plantea el fallo.

La resolución agrega que según se desprende del mérito de los antecedentes la defensa del amparado no ha expuesto cuáles fueron las circunstancias fácticas que le han impedido comparecer ante el llamamiento del tribunal recurrido, viéndose con ello imposibilitada esta Corte de efectuar un juicio de ponderación acerca de la proporcionalidad de la aplicación del citado artículo 127, inciso primero, del Código Procesal Penal al caso en análisis, motivo por el cual no resulta factible acceder a la pretensión del recurrente.

Por tanto, se resuelve que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de treinta de abril dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 237-2021.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol Nº31.139-2021 y de la Corte de Iquique N° 237-2021

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