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Moción.

Proyecto de ley modifica la Ley que Establece Medidas contra la Discriminación, para exigir a quienes atiendan público el uso de mascarillas transparentes a fin de facilitar la comunicación con personas sordas.

Si bien es efectivo que deben prevenirse los contagios, existen protectores faciales que no impiden la lectura de labios de personas sordas.

8 de mayo de 2021

La moción, patrocinada por las Diputadas Sandra Ambar, Catalina Del Real, Claudia Mix, Erika Olivera, Joanna Pérez y Virginia Troncoso, junto a los Diputados Boris Barrera, Cosme Mellado, Jaime Naranjo y Jorge Sabag, modifica la ley Nº20.609 que establece medidas contra la discriminación, para exigir a las personas que atienden público en instituciones públicas o privadas utilizar mascarillas transparentes para facilitar la comunicación con personas sordas.

La iniciativa se funda en que en Chile existe un porcentaje importante de personas que padecen algún tipo de discapacidad. De acuerdo al Censo del año 2021, a esta fecha 488.511 declararon tener discapacidad auditiva por lo que actualmente se estima que son más de medio millón.

Agrega la moción, que la necesidad de prevenir contagios por Covid-19 ha implicado que la población deba utilizar mascarillas u otro tipo de protectores faciales para impedir la transmisión del virus lo que, a su vez, ha significado que la población sorda quede postergada al momento de intentar comunicarse con otra persona.

El uso de mascarillas, en el caso de las personas sordas, se encuadra y sitúa a estas en la definición de discriminación arbitraria dada por la ley Nº20.609, señala la moción, ya que si bien es efectivo que deben prevenirse los contagios, existen protectores faciales transparentes que no impiden la lectura de labios. Por ello en países como España y Argentina se han establecido normas legales para permitir la lectura de labios sin dejar de utilizar protección para aquellas personas que atiendan público.

Por ello se hace necesario para facilitar la comunicación de las personas sordas modificar la ley Nº20.609 e incorporar como artículo 17º bis un texto del siguiente tenor:

“Durante los períodos en que, por resolución fundada de la autoridad sanitaria, y habiéndose dictado el correspondiente Estado de Excepción Constitucional, la población del país o de una determinada localidad deba emplear elementos que impidan la transmisión de enfermedades infecciones, quienes atiendan público en instituciones públicas y privadas deberán emplear elementos de protección transparentes al menos en la zona de la boca para permitir la lectura de los labios por parte de la población sorda”.

El proyecto de ley paso para su estudio a la Comisión de Personas Mayores y Discapacidad de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción y siga aquí su discusión.

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