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Fallo unánime.

CS confirma fallo y desestima recurso de amparo contra Comisión de Libertad Condicional por no conceder el beneficio de libertad condicional al amparado.

El recurrente alega que recientemente se emitió un informe social desfavorable, siendo este el único antecedente que podría fundamentar el rechazo de la solicitud.

11 de mayo de 2021

La Corte Suprema confirmó fallo de la Corte de Apelaciones de Rancagua que desestimó la acción de amparo deducida contra la Comisión de Libertad Condicional, que le negó el beneficio penitenciario de libertad condicional al amparado a raíz de un informe social desfavorable.

Este expone que registra una condena de 10 años y 61 días por haber cometido delitos de robo en lugar habitado y portar elementos destinados para cometer este tipo de ilícitos, pero la condena tiene como fecha de término el mes de noviembre del año 2022, por lo que estima que hace 5 años ya cumple con el tiempo mínimo para solicitar la libertad condicional. Agrega que registra informes con calificación máxima de buena conducta, por lo que cumple todos los requisitos legales para optar a ese beneficio.

Sin embargo, indica que recientemente se emitió un informe social desfavorable, siendo este el único antecedente que podría fundamentar el rechazo de la solicitud, situación que configura un acto arbitrario ya que el informe es emitido por profesionales que se reúnen con el condenado solo por 10 minutos. Además, sostiene, el requerimiento de este informa es un elemento incorporado recién por la ley Nº21.140, lo que no debería aplicar en este caso en observancia del principio de irretroactividad de la ley penal.

La Corte de Rancagua desestimó el recurso de amparo al observar que en el informe de la recurrida se acompaña la resolución que acredita que al postulante le fue concedido el beneficio penitenciario solicitado, por lo que es posible concluir que el acto objetado por la acción deducida ya no existe, de suerte que cautela perseguida ha perdido oportunidad y no quedan medidas urgentes que la Corte pueda adoptar en esta causa.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia en alzada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 30.382-2021 y Corte Rancagua Rol N°106-2021.

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