Código del Trabajo.
Empresa pretende inaplicabilidad de norma que le impide alegar en juicio hechos distintos a los expuestos en carta de despido.
Restringir la prueba única y exclusivamente a lo señalado en la carta de despido, genera que no se pueda cumplir con un debido proceso, en virtud de que la norma constituye un cercenamiento parcializado de los hechos a probar.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 454, N°1, inciso segundo, del Código del Trabajo.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “En la audiencia de juicio se aplicarán las siguientes reglas: 1) La audiencia de juicio se iniciará con la rendición de las pruebas decretadas por el tribunal, comenzando con la ofrecida por el demandante y luego con la del demandado. No obstante lo anterior, en los juicios sobre despido corresponderá en primer lugar al demandado la rendición de la prueba, debiendo acreditar la veracidad de los hechos imputados en las comunicaciones a que se refieren los incisos primero y cuarto del artículo 162, sin que pueda alegar en el juicio hechos distintos como justificativos del despido.”.
La gestión pendiente incide en un proceso laboral seguido ante el Juzgado de Letras de Colina, actualmente radicado en la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de nulidad, en el que se demanda a la empresa requirente por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones.
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