Indemnización total de $35.000.000.
Corte de Santiago confirma condena a canal de TV por cobertura sensacionalista de caso de abuso sexual.
El Tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el 9° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la acción reparatoria por el tratamiento dado al caso conocido como “Hijitus de la Aurora”.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de casación en la forma deducido en contra de la sentencia que condenó a Televisión Nacional (TVN) a pagar una indemnización total de $35.000.000 por la cobertura sensacionalista de caso de abuso sexual en programa matinal.
La sentencia sostiene que, en un primer análisis, cabe constatar como un hecho público y notorio que los matinales de la compañía demandada, son un espectáculo televisivo con fines comerciales, que incluyen la entrega de información de prensa, pero cuya programación va más allá, en la medida que para satisfacer sus fines económicos y obtener una mayor audiencia los conductores tienen la función de entretener al público y entregar sus propias opiniones al igual que muchos de sus invitados.
La resolución agrega que, en el caso de marras, el hecho de haber llegado al extremo de efectuar una recreación con actores, de circunstancias que a la sazón, eran objeto de una denuncia en sede penal e investigación pendiente, denota que la demandada fue más allá de informar la existencia de determinadas acusaciones, pues tales escenas, más allá de cualquier prevención formal provocan en un telespectador medio, el convencimiento o impresión de que se trata de hechos ciertos y reales que sucedieron tal y como aparecen representados.
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