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El panel de expertos ha estado presidido por el abogado y escritor Philippe Sands QC (Reino Unido) y por la jurista y exfiscal de la ONU Dior Fall Sow (Senegal).
Opinión.

Juristas internacionales proponen una definición del ecocidio para incluirlo en el Estatuto de Roma como crimen internacional.

Agrupados por la fundación stop ecocidio, 12 expertos en medio ambiente y derecho penal internacional han consensuado una propuesta.

10 de julio de 2021

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo «Juristas internacionales proponen una definición del ecocidio para incluirlo en el Estatuto de Roma como crimen internacional».

Expertos en medio ambiente y derecho penal internacional de todo el mundo han propuesto una definición jurídica del ecocidio para que pueda ser considerado como el quinto crimen del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y que ocupe un lugar junto con el genocidio, los crímenes contra la humanidad, los crímenes de guerra y el crimen de agresión.

Así lo ha acordado un grupo de 12 expertos independientes, presidido por el abogado y escritor Philippe Sands QC (Reino Unido) y por la jurista y exfiscal de la ONU Dior Fall Sow (Senegal), convocados por la Fundación Stop Ecocidio para consensuar una definición jurídica.

«Preocupados por la amenaza constante a la que el medio ambiente está sometido de resultas de la grave destrucción y degradación que ponen en serio peligro los sistemas naturales y humanos en todo el mundo», es la propuesta para introducir este delito en el párrafo 2 bis al preámbulo.

Asimismo, este grupo de expertos plantean incluir en l párrafo 1) del artículo 5 del precepto del e) el crimen de ecocidio y un artículo 8 ter en el que se indique que se entiende por ecocidio «cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existen grandes probabilidades de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medio ambiente».

Sobre esto, puntualiza que se entenderá por arbitrario «el acto de imprudencia temeraria respecto de unos daños que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja social o económica que se prevea», se entenderá por grave «el daño que cause cambios muy adversos, perturbaciones o daños notorios para cualquier elemento del medio ambiente, incluidos los efectos serios para la vida humana o los recursos naturales, culturales o económicos».

Se entenderá por extenso «el daño que vaya más allá de una zona geográfica limitada, rebase las fronteras estatales o afecte a la totalidad de un ecosistema o una especie o a un gran número de seres humanos»; por duradero «el daño irreversible o que no se pueda reparar mediante la regeneración natural en un plazo razonable» y medio ambiente «la Tierra, su biosfera, criosfera, litosfera, hidrosfera y atmósfera, así como el espacio ultraterrestre».

El panel de expertos, según explica Stop Ecocidio en un comunicado, inició sus reuniones a finales de 2020 en un momento «verdaderamente simbólico»: 75 años después de que los términos genocidio y crímenes contra la humanidad se usaran por primera vez en los Juicios de Nuremberg. Este proyecto surgió en respuesta a una solicitud de parlamentarios de los partidos que están en el gobierno en Suecia.

La definición propuesta estará ahora a disposición de los Estados para que la puedan considerar y estará visible en la página web ‘Ecocide Law‘, un lugar de recursos académicos y jurídicos gestionado conjuntamente por la Fundación Stop Ecocidio y el Instituto Promise para los Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de California en Los Ángeles.

En el acto en el que se ha hecho pública la definición, Jojo Mehta, presidenta de la Fundación Stop Ecocidio y coordinadora del panel, ha dicho que «este es un momento histórico. Este panel de expertos se ha reunido en respuesta directa al creciente apetito político por dar respuestas reales a las crisis climática y ecológica. Es el momento adecuado: el mundo se está dando cuenta del peligro al que nos enfrentamos si continuamos con nuestra trayectoria actual».

El trabajo para realizar la redacción del crimen, ha explicado Mehta, «ha sido de alto nivel, colaborativo y con información por parte de muchos expertos, incluyendo una consulta pública que aportó cientos de perspectivas legales, económicas, políticas, juveniles, religiosas e indígenas».

«La definición resultante está bien ajustada entre lo que se debe hacer de manera concreta para proteger los ecosistemas y lo que será aceptable por los Estados. Es concisa, se basa en sólidos precedentes legales y encajará bien con las leyes existentes. Los gobiernos la tomarán en serio. Ofrece una herramienta legal viable que se corresponde con una necesidad real y urgente en el mundo».

Rebecka Le Moine, miembro del Parlamento sueco, quien inicialmente se acercó a la Fundación Stop Ecocidio solicitando una definición de ecocidio, ha declarado que acoge con satisfacción esta definición, «ya que hace que el término ecocidio sea más concreto y claro. También hace mucho más fácil para mí, como política y como legisladora, el encontrar argumentos para su criminalización».

«El ecocidio versa sobre una ley al servicio de nuestro planeta»

Por su parte, Philippe Sands QC, profesor de la Universidad de Londres (University College London) y abogado, ha reconocido que «ha sido un privilegio contribuir a este trabajo, inspirado en los esfuerzos de Hersch Lauterpacht y Rafael Lemkin que proporcionaron al mundo los ‘crímenes contra la humanidad’ y el ‘genocidio’, en 1945. El ecocidio versa sobre una ley al servicio de nuestro planeta, es un medio para cambiar la conciencia y para aprovechar la idea y los ideales de la justicia internacional en aras de un bien mayor».

«Este es el comienzo de una aventura difícil pero estimulante que solo debería terminar con la introducción en el Estatuto de Roma de este quinto crimen de ecocidio. Atrevámonos a hacerlo», ha afirmado Dior Fall Sow, jurista y exfiscal de la ONU (Senegal).

El apoyo a una ley del ecocidio que penalice el daño masivo y la destrucción de los ecosistemas está ganando apoyo en todo el mundo con un interés constatado tanto por parte de naciones insulares (Vanuatu y las Maldivas) como por parte de estados europeos (Francia, Bélgica, Finlandia, España, Luxemburgo).

Bélgica es la primera nación europea que ha planteado la penalización del ecocidio en la Corte Penal Internacional y el Parlamento Europeo lo ha apoyado en principio en varias ocasiones. Desde la entidad, recuerdan que también ha sido respaldado por personalidades como el Papa, Greta Thunberg y la doctora Jane Goodall.

La eurodiputada Marie Toussaint, quien se ha propuesto avanzar en el reconocimiento del ecocidio por parte de la Unión Europea, asegura que «tras años y años de movilización y lucha incesantes en todo el mundo, el reconocimiento del ecocidio ha ganado fuerza y apoyo público. Este reconocimiento es esencial si queremos proteger toda la vida en nuestro planeta así como la paz y los derechos humanos».

No existe un marco legal para abordar el ecocidio a nivel internacional

Actualmente no existe un marco legal para abordar el ecocidio a nivel internacional y, por lo tanto, no existe un sistema para responsabilizar a quienes toman las decisiones en las corporaciones y en los gobiernos que causan daños y abusos ambientales tales como los derrames de petróleo, la deforestación masiva, los daños a los océanos o la contaminación grave del agua.

«La consagración del ecocidio en el derecho internacional permitiría llevar a los perpetradores a juicio en la Corte Penal Internacional o en cualquier jurisdicción que lo ratifique», recuerdan.

Kate Mackintosh, directora ejecutiva del Instituto Promise de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de California en Los Angeles, ha afirmado que «hemos llegado a una definición práctica de ecocidio que es oportuna y necesaria. Creo que este texto, jurídicamente sólido y fiable, puede ocupar su lugar junto a los demás crímenes internacionales y señalar un cambio radical en nuestras actitudes respecto a la protección y preservación de nuestro planeta».

«El ecocidio es una ley penal para el siglo XXI. Si la humanidad quiere llegar al siglo XXII con paz y seguridad, debemos controlar el abuso medioambiental que ha asolado la Tierra durante cientos de años», ha apuntado Richard J. Rogers, asociado de Global Diligence y director ejecutivo de Climate Counsel (Reino Unido).

A juicio de Valérie Cabanes, jurista internacional y experta en derechos humanos (Francia), «hay que ampliar el abanico de los crímenes internacionales» porque «al destruir los ecosistemas de los que dependemos, estamos destruyendo los cimientos de nuestra civilización e hipotecando las condiciones de vida de todas las generaciones futuras. Esto no es menos grave que los crímenes de guerra, los crímenes contra la humanidad o los crímenes de genocidio o de agresión.  Además de ser una cuestión importante de justicia socioambiental global, pues ¿no está en juego, en última instancia, la supervivencia de la especie humana?».

Por su parte, Pablo Fajardo, abogado ambientalista (Ecuador), ha señalado que «es imperativo reconocer que el ecocidio es una amenaza global y necesita respuestas acordes. Nos complace ser parte de este panel porque ha logrado proponer una fórmula jurídica capaz de atender este tipo de amenazas».

Syeda Rizwana Hasan, directora de la Asociación de Derecho Ambiental (Bangladesh), ha remarcado que «en el sur global estamos asistiendo a una destrucción masiva de los sistemas naturales en nombre del desarrollo, contra la cual los sistemas jurídicos nacionales no están respondiendo adecuadamente».

Otro de los panelistas, Charles C. Jalloh, profesor de la Universidad Internacional de Florida y miembro de la Comisión de Derecho Internacional de la ONU (Sierra Leona), ha asegurado que tiene la esperanza de que el resultado sea útil para los Estados y que, incluso, «pueda catalizar la muy necesaria enmienda al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional para incluir finalmente el ecocidio en la lista de los crímenes más graves que preocupan a la comunidad internacional en su conjunto».

El objetivo, fortalecer la capacidad de la Corte para responder a los asuntos de mayor gravedad para la comunidad internacional

Rodrigo Lledó, director de Fibgar, la Fundación Internacional Baltasar Garzón (Chile/España), cree que «la generosidad intelectual de los miembros del panel fue realmente sorprendente y motivadora y nos permitió llegar a una definición equilibrada. Espero que los Estados adopten esta definición como propia. Es urgente. Destruir el medio ambiente de forma masiva e irresponsable debe dejar de ser legal internacionalmente».

Para Tuiloma Neroni Slade, e juez de la Corte Penal Internacional (Samoa), «las propuestas del panel se basan en principios de derecho establecidos y tienen como objetivo fortalecer la capacidad de la CPI para responder a los asuntos de mayor gravedad para la comunidad internacional. Ha sido un privilegio especial participar en el trabajo de un panel internacional tan comprometido y distinguido».

Christina Voigt, Universidad de Oslo (Noruega), ha indicado que «la definición es una herramienta a la que hemos aplicado nuestra experiencia colectiva con la convicción de que la destrucción grave del medio ambiente debe estar a la par con otros crímenes internacionales. Es una herramienta que esperamos que los gobiernos encuentren útil en sus futuras deliberaciones«.

Alex Whiting, excoordinador de los enjuiciamientos de la Corte Penal Internacional y profesor de la Facultad de Derecho de Harvard (EEUU),  ha concluido que «definir el crimen es un primer paso en el camino de la discusión, el debate y, algún día, la ratificación. La esperanza es que el proceso anime a los Estados a pensar en cómo utilizar el derecho penal internacional para perseguir los crímenes ambientales más graves y, al mismo tiempo, desplegar el derecho penal y reglamentario nacional para hacer frente a una amplia gama de daños ambientales que amenazan a nuestro planeta».

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