El caso se refiere a una sociedad belga que, en el marco de un procedimiento de liquidación de impuestos, fue condenada a pagar 298.813 euros, más un recargo del 10%.
La demandante denunció una infracción del artículo 6 del CEDH que consagra el derecho a un juicio justo en un plazo razonable. También alegó la violación del principio de contradictoriedad.
En concreto, la demandante sostiene que se le aplicó retroactivamente un articulado que entró en vigor durante la tramitación de proceso judicial. Al respecto señala que si dicha disposición no se hubiera aplicado su deuda tributaria habría prescrito de acuerdo con los criterios fijados por la jurisprudencia de la Corte de Casación de Bélgica.
El procedimiento se inició en 1995 y finalizó en el año 2009. En razón de lo anterior, la demandante considera que existió una indebida intervención del legislador durante la tramitación del procedimiento, y que se vulneró su derecho a que el juicio sea realizado en un plazo razonable.
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